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domingo, mayo 19, 2024

«El tiempo nos dio la razón»: MP tras derogación del «pacto de impunidad»

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Tegucigalpa, Honduras. El Ministerio Público (MP) aplaudió la votación del Congreso Nacional que modifica algunos artículos del Código Penal relacionados con la Ley de Lavado de Activos, denominados «pactos de impunidad».

Mediante sus redes sociales, el ente acusador del Estado aseguró que el tiempo les dio la razón. «En octubre de 2021, el #MP se pronunció en contra de reformas hechas en el CN a la Ley Contra el Lavado de Activos; hoy el tiempo nos da la razón», detalla el comunicado. 

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Comunicado 

En este comunicado, el MP indica que con esos artículos era «casi imposible dar cumplimiento a uno de los propósitos fundamentales de esta ley».

MP derogación decretos impunidad
Comunicado del Ministerio Público (MP).

«Exhortamos al Poder Ejecutivo a vetar estas reformas, por considerarlas lesivas al quehacer del Ministerio Público en su lucha frontal contra las redes de corrupción y criminalidad organizada en todas sus manifestaciones. trayendo un perjuicio muy alto para la ciudadanía y su interés», reza el escrito.

De igual manera, manifestó que mantienen su compromiso de velar y respetar el cumplimiento de la Constitución y las leyes hondureñas.

Derogación

En la sesión legislativa de ayer miércoles, 12 de julio, los congresistas derogaron los llamados «pactos de impunidad».

La sesión inició con una amplia discusión por la aprobación del acta anterior, que contenía la adhesión de Honduras a la Corporación Andina de Fomento (CAF), la cual recibió 71 votos en contra, 55 a favor y 2 abstenciones.

«Pactos de impunidad»

Posteriormente y por unanimidad de votos, derogaron y reformaron los decretos 57-2020 y 93-2021, aprobados en gobiernos anteriores. La derogación sentaría las bases para la instalación de la CICIH.

El 57-2020 se incrustaba en los artículos 217, 219 y 220 del Código Procesal Penal. Estos detallan los requisitos previos para solicitar el comiso y secuestro de documentos u objetos relacionados con la investigación de los fiscales en temas de corrupción. Esto mantenía al Ministerio Público debilitado en la persecución de los delitos de corrupción.

Y el 93-2021 condicionaba que para que se inculpara por lavado de dinero a un acusado, debía existir un precedente. Como tráfico de drogas, tráfico de personas, tráfico de armas. De no ser de esta manera, no habría acción penal contra el imputado.

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