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domingo, abril 28, 2024

TJE: Planillas de diputados del PSH no son válidas

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE) ratificaron este martes que la alianza entre el Partido Salvador de Honduras (PSH) e Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD), es válida, pero la elección e inscripción de planillas a nivel de diputados y corporaciones municipales por el departamento de Cortés y Choluteca del PSH, no lo es.

Mediante un comunicado, el TJE informó que por unanimidad de votos resolvió declarar sin lugar el recurso de apelación, presentado por el abogado René Adán Tomé Rosales, en su condición de apoderado legal de la ciudadana Deyanira Hernández Zúniga contra la Resolución No. 1149-2021 de fecha 2 de agosto de 2021 que emitió el CNE.

Mediante esa resolución, el CNE aprobó la inscripción de la Alianza Parcial en el Nivel Electivo Presidencial, denominada Unidad Nacional Opositora de Honduras (UNOH), entre los partidos PSH y PINU-SD.

TJE alianza PSH PINU
Salvador Nasralla y Doris Gutiérrez.

En ese sentido, el TJE confirmó que esa resolución que emitió el CNE se dictó conforme a derecho, por considerar que el Directorio Nacional Provisional de este partido está facultado para aprobar este tipo de alianzas.

La otra resolución del TJE es sobre el recurso de apelación promovido por el abogado René Adán Tomé Rosales contra la resolución número 1264-2021, dictada por el CNE en fecha 2 de agosto de 2021, contenida en el expediente No. TJE-0801-2021-00069.

En este caso, el TJE falló: Declarar parcialmente ha lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado René Adán Tomé Rosales en su condición de apoderado legal de los ciudadanos:

  • José Armando Taylor Zúñiga
  • Alfredo Alvarado Ardón
  • Deyanira Hemández Zúñiga
  • Wilson Fabián Peña Pinto
  • Omar francisco Chavarría García
  • Wenceslao Lara Orellana
  • William Eduardo Corlas Ortega
  • Y Zenia Patricia Padgett Lagos.

De acuerdo con el TJE, la resolución que emitió el CNE no se ajustó a derecho. Ante ello, manda a modificar esa resolución a fin de que el ente administrativo electoral le dé estricto cumplimiento.

TJE alianza PSH PINU
Pleno de magistrados del TJE.

Esa resolución se refiere a la inscripción de planillas en los niveles electivos de diputados al Congreso Nacional y corporaciones municipales en Cortés y Choluteca. El directorio PSH no cumplió con base a sus estatutos y en el plazo de cinco días que se le otorgó para elegir e integrar las planillas de diputados propietarios y suplentes, así como de las corporaciones municipales. Ante esa situación no tendrán planillas para participar en esos niveles.

Nota relacionada: TJE: Al PSH ya se le había advertido, pero no hizo caso

No procede recurso alguno

En su comunicado, el TJE enfatizó que las resoluciones del CNE y las sentencias del TJE son de obligatorio cumplimiento. «En el caso en auto este Tribunal ha ratificado las resoluciones de fecha 2 de agosto de 2021 en los expedientes 1149-2021, 1264-2021 y 1265-2021. Corresponde al CNE la verificación de su cumplimiento por parte del Partido Salvador de Honduras», estableció el órgano de justicia electoral.

Del mismo modo, señaló que contra las presentes sentencias no procede recurso alguno sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley de Justicia Constitucional. La sentencia se emitió y se notificó en legal y debida forma.

TJE alianza PSH PINU
Salvador Nasralla y sus candidatos a diputados.

Al respecto, la presidenta del TJE, explicó a medios locales que «se estableció que ya el CNE le había ordenado al PSH en resolución 1165-2021 que en las planillas de los diputados y corporaciones municipales del departamento de Cortés y de Choluteca le daba un plazo de 5 días para cumplir con los estatutos del partido que permiten condiciones de igualdad para los miembros. Sin embargo, en el expediente no consta que se haya cumplido la asamblea general. «Eso es lo que ha dicho el Tribunal de Justicia Electoral y ese es el sentido toral de la sentencia», expresó.

Comunicado emitido.
Comunicado emitido.

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