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viernes, noviembre 22, 2024

Reformas a Ley de Control de Armas espera sanción del Ejecutivo

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Tegucigalpa, Honduras.- Las reformas a la Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados que aprobó el Congreso Nacional (CN) en diciembre de 2022 siguen a la espera de que el Poder Ejecutivo las sancione, para que así se publiquen en el Diario Oficial La Gaceta y entren en vigencia en el país. Se esperaban múltiples beneficios de estas reformas, pero gracias al «estancamiento» del proceso, aún no han entrado en vigencia.

Ya casi pasan dos meses desde la aprobación de esas reformas y, según Rafael Sarmiento, quien preside la comisión de seguridad del CN, el problema es que el Congreso aún no las remite al Poder Ejecutivo.

Rafael Sarmiento
Rafael Sarmiento, jefe de la Bancada de Libre.

«Habían unos temas por aclarar por parte de la Comisión de Estilo. La Comisión de Estilo necesita identificar si algunos artículos son transitorios o no. Es un tema esencialmente a lo interno del CN. Se ha estado verificando, pero lo que sucede es que no hemos tenido tiempo por el proceso de elección de la Corte Suprema de Justicia (CSJ)», explicó el también jefe de bancada del partido Libertad y Refundación (Libre) a Diario Tiempo.

En ese sentido, el parlamentario oficialista aseguró que esperan que, por tarde, la próxima semana se mande a sanción del Ejecutivo las reformas para que se publiquen en La Gaceta.

«No es un tema de la Presidenta ni del Ejecutivo, sino que estamos pendientes de enviarlo por parte de la Secretaría del Congreso«, recalcó.

Nota relacionada: Armas y más de 9 mil municiones ha decomisado Aduanas en 2023 

Objetivos de las reformas

Sarmiento recordó que el objetivo principal de esas reformas es facilitar el registro de armas que circulan en el país.

«La policía podrá tener control de todas las armas comerciales que existen sin documentación en Honduras. Para ello, se bajaron cánones y precios que eran sumamente altos y otros requisitos que eran innecesarios y que hasta volvían inalcanzable el registro de armas«, expuso el congresista.

Asimismo, aseguró que estas medidas también tienen el objetivo de dar una veda de seis meses para las armas que ingresaron irregularmente y que no tienen antecedentes.

Reformas

Las reformas a la Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados trasladan atribuciones de registros y portación de la Secretaría de Defensa Nacional a la Secretaría de Seguridad para agilizar la legalización en Honduras.

Son 15 los artículos reformados de la Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos. En estos se estima que la portación de armas se convierta en un beneficio para la seguridad nacional y deje de ser visto como beneficio económico. También, que sea un registro ordenado de cada arma que circula en Honduras.

En ese sentido, los parlamentarios dictaminadores del proyecto argumentaron que se reunieron con altos funcionarios de la Secretaría de Seguridad, Policía Nacional y Secretaría de Defensa Nacional, quienes hicieron las observaciones pertinentes para que las reformas de la normativa pudieran plasmarse en la propuesta ante el Congreso.

Además, hicieron consultas con las empresas de seguridad privada, Colegio de Farmacéuticos y Colegio de Microbiólogos, quienes manifestaron sus posturas frente a la ley actual y las reformas que esta debería tener para regular, registro, importación, transporte, distribución, custodia, comercio, uso, almacenaje, fabricación, tráfico ilícito, explosivos y relacionados.

De esa forma, el proyecto de presentación indicó que la finalidad es combatir el uso ilegal de armas de fuego, municiones, explosivos y materiales relacionados. Además, se establece que «la portación de armas es permitida para la seguridad personal y de los bienes ante la ola de criminalidad que atraviesa el país».

proyecto de reformas a la Ley de Armas
El proyecto de reformas a la Ley de Armas fue presentado por el congresista del Partido Liberal, Yuri Sabas.

Artículos reformados

El dictamen contó con seis artículos que albergaron reformas, derogaciones y adiciones a la normativa.

En su primer apartado, se reforman los artículos 22, 24, 33, 64, 79, 84, 95, 101, 102, 103, 114 y 119. Entre las principales reformas, destaca que el Certificado de aprobación del curso para el manejo de armas de fuego solo se presentará una vez.

Además, los exámenes toxicológicos y exámenes de conducta los practicarán establecimientos autorizados por la Secretaría de Salud y no la Secretaría de Seguridad. Igualmente, la licencia de experto en explosivos pasa a tener una vigencia de dos años y no de cuatro.

Por su parte, la licencia de portación pasa a tener una vigencia de cinco años y no de cuatro como lo establecía la normativa anterior.

De igual forma, se otorgará licencia de portación especial al personal activo de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas, así como a los Fiscales del Ministerio Público, quienes obtendrán el permiso de portación de un arma de fuego para su uso personal de forma gratuita.

Congreso Nacional
Congreso Nacional aprobó las reformas en diciembre de 2022.

Licencia de portación de armas

Con las reformas, la licencia para portación de armas de fuego en servicios de seguridad privada y vigilancia pasa a tener una vigencia de cuatro años, siendo obligatorio la elaboración, remisión y la actualización del listado de trabajadores que las portarán a la Secretaría de Seguridad.

También se aprobó reducir la multa por las infracciones de la Ley y su Reglamento a las personas naturales; del rango de 5 a 10 salarios mínimos pasa a un rango de 1/4 hasta, 1/2 de un salario mínimo.

Asimismo, se disminuyó el rango de 10 a 50 salarios mínimos a un rango de hasta 1 salario mínimo, la multa por las infracciones de la Ley y su reglamento a las personas jurídicas.

Cuando no se solicite la devolución de las armas decomisadas, transcurridos cinco años, la Policía Nacional procederá a su destrucción, previo a hacer los análisis, pericias y cualquier otra diligencia que permita descartar la vinculación con hechos de interés investigativo.

A su vez, en el decreto se derogan los artículos 59, 60, 61, 65, 66, 67, 68 y 69 de la Ley de Control de Armas de Fuego.

De igual manera, se aprobaron reformas por adición, agregando al Capítulo III, denominado “Autorizaciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad». Ese apartado se refiere a los Establecimientos de Armas de Tiro, eventos de cacería y licencias de reparación.

decomiso en Operación Estigia II
Armas decomisadas.

Armas que pueden tener los hondureños

Las reformas a Ley de Armas también plantean que las personas naturales, comerciantes individuales y las personas jurídicas pueden ser propietarias de cinco armas de fuego del calibre de su elección, siempre y cuando lo permita la ley.

De su lado, la vigencia de la licencia de portación de estos artefactos pasa de 4 a 5 años. Mientras que, el permiso vencido será una infracción grave en esta enmienda.

La normativa además establece que la persona que va a registrar un arma de fuego debe poseer una conducta no delictiva. Por su parte, la edad del uso y portación que era de 18 años pasa a 21.

En otro apartado, establece que el portador de un arma no sea una persona que lesione los derechos de la mujer y que no esté denunciado por violencia doméstica en los tribunales.

Los requisitos de una persona natural para obtener licencia de armas son los siguientes:

  • Examen toxicológico.
  • Examen para evaluar la conducta y personalidad del solicitante.
  • Certificado de haber aprobado el curso para el manejo de armas de fuego.
  • Documento, factura o título que acredite la propiedad del arma de fuego.

Incautación de armas en Honduras

El control de armas en Honduras se refiere al comercio, propiedad, posesión y uso de armas de fuego por los ciudadanos y residentes de Honduras.

De 2018 al 2022, la Policía Nacional (PN) de Honduras registra 18,436 armas incautadas, según estadísticas de la Secretaría de Seguridad.

Las armas que se decomisan con más frecuencia son M-16, AR-15, AK-47, FAL (Fusil Automático Liviano), revólveres y lanzagranadas. No obstante, desde el 2018, las pistolas son las que se mantienen en el primer puesto de incautaciones.

Aunque en los últimos dos años la incautación de armas disminuyó, el decomiso específico de pistolas se mantiene en el mismo rango. Lo anterior representa aproximadamente unas dos mil incautaciones durante el año pasado.

Decomiso de droga y armas
Decomiso de armas de fuego.

En cinco años se han incautado un total de 10 mil 147 pistolas, lo que representa el 55 por ciento de las incautaciones realizadas.

En segundo lugar, se encuentra la incautación de revólveres con un total de 4 mil 788 armas decomisadas en los últimos cinco años. Seguidamente, está el fusil con mil 500 incautaciones en ese mismo periodo de tiempo.

Según Seguridad, los departamentos con más incidencias en la incautación de armas en los últimos cinco años son:

  • Cortés
  • Y Francisco Morazán

Asimismo, Yoro, Olancho y Comayagua son otros departamentos con altas cifras de incautaciones de armas.

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