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viernes, abril 26, 2024

Caso Guapinol: Juez sobresee por dos delitos a los 12 pobladores de Tocoa

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. El jueves en audiencia inicial un juez de jurisdicción Nacional, dictó sobreseimiento definitivo en dos de los cinco delitos por los que se acusan a 12 pobladores en el caso Guapinol.

A los imputados se les acusa de Robo, Incendio Agravado, Asociación Ilícita, Usurpación y Daños contra el Estado. El sobreseimiento se aplicó a estos dos últimos delitos.

La defensa sostiene que los 12 imputados deben recibir ese mismo veredicto en los demás cargos.

La audiencia estaba programada para realizarse en los juzgados de La Granja, donde también se celebró la audiencia de declaración de imputado. Pero repentinamente se cambió.

Según se conoció, ni los abogados fueron notificados del repentino cambio. La audiencia se celebra en los Juzgados de Jurisdicción Nacional en la avenida Los Próceres.

Para la defensa desde el principio el proceso ha tenido matices inusuales. Por ejemplo, los 12 imputados se presentaron el viernes a los juzgados de La Ceiba y el sábado trasladados a Tegucigalpa. Allí en los tribunales de La Granja celebraron la audiencia de declaración de imputado. Posteriormente, a las 12 de la noche de ese mismo día, dieron la resolución con la medida de prisión preventiva.

Los imputados llegaron escoltados y esposados de las manos. Eran  las 11:30. Luego de unos minutos se suspendió la audiencia y se reanudó a las 1:30 de la tarde  hasta la noche que recibieron el favorable veredicto.

Este día continúa la audiencia para evacuar los otros delitos, a espera de una resolución que libere o condene a los imputados.

Nota relacionada: Caso Guapinol: Cambian sede de la audiencia a pobladores de Tocoa

Penas por los delitos

Las penas por los delitos que se les imputan van desde los 5 hasta 30 años de prisión, según el código penal vigente. Por el delito de Incendio agravado es de 6 a 12 años (art 256).

Mientras que el delito de Robo de 5 a 9 años (art 217). Por del delito de Asociación Ilícita 20 – 30 años (art 332).

La Privación de libertad se asemeja al delito de desaparición forzada cuya pena va desde los 15 a 20 años de cárcel (art 334 y 335).

Por lo que de recibir la pena mínima podrían recibir 46 años de prisión aplicando las penas mínimas. De recibir las penas máximas serían 71 años de cárcel.

Hasta el momento, el conflicto minero ha dejado tres personas muertas, varias heridas y ahora los 12 pobladores procesados. Estos guardan prisión en la cárcel de Támara, Francisco Morazán.

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