TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El Poder Judicial anunció que el juzgado le dictó a empleados de SOPTRAVI sobreseimiento definitivo, tras que la Sala de lo Constitucional le otorgara recurso de amparo interpuesto por la defensa.
Los empleados con sobreseimiento responden a los nombres de Walter Noé Maldonado, Daysi Zúniga y Claudia Matute.
Según se detalla en un comunicado emitido por el Poder Judicial, la juez decidió anular parcialmente lo resuelto en el auto de apertura a juicio dictado en fecha
29 de noviembre de 2019. También dejó en suspenso la audiencia preliminar del 27 de noviembre del mismo año en cuanto a la formalización y la contestación de acusación y el auto de apertura a juicio. En este se elevó la causa a juicio oral y público por las razones antes expuestas.
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Consecutivamente, dictar sobreseimiento definitivo a favor de Walter Noé Maldonado Maldonado. A él se le instruyó proceso por suponerlo responsable de la comisión de veintiún delitos de fraude. También, de facilitación para el lavado de activos, en perjuicio de la administración pública y la economía del Estado de Honduras, en su grado de participación de autor y simple cómplice respectivamente.
Sobreseimiento definitivo
Por otra parte, se dictó sobreseimiento definitivo a favor de Daysi Marina Zúniga Méndez, a quien se le instruyó proceso por suponerla responsable de la comisión de cinco delitos de fraude en perjuicio de la administración pública del Estado de Honduras, en su
grado de participación de cómplice.
#JuzgadoPenal en Materia de Corrupción dicta a exempleados de SOPTRAVI Walter Noé Maldonado, Daysi Zuniga y Claudia Matute Sobreseimiento Definitivo, luego que Sala de lo Constitucional les otorgara el Recurso de Amparo interpuesto por su defensa. pic.twitter.com/x6apdyY0hE
— Poder Judicial HN (@PJdeHonduras) December 6, 2022
De igual manera, a Claudia Marisela Matute Colindres, a quien se le instruyó proceso por suponerla responsable de la comisión nueve delitos de fraude. También en perjuicio de la administración pública en su grado de participación de simple cómplice.
Por consiguiente el documento indica que «se revoca la medida cautelar de prisión preventiva a Walter Noé Maldonado Maldonado. Contenida en el artículo 173 numeral 3».
De igual manera, las medidas sustitutivas impuestas en virtud de haberse dictado sobreseimiento definitivo en la presente causa.