33.4 C
San Pedro Sula
martes, julio 16, 2024

Declaran culpable a excalde Óscar Kilgore y tres exfuncionarios

Debes leer

SPS, HONDURAS. El Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de San Pedro Sula declaró culpables el lunes al exalcalde Óscar Eduardo Kilgore López y tres exfuncionarios de la comuna sampedrana por el delito de violación de los deberes de los funcionarios todo en perjuicio de la administración pública del Estado de Honduras.

La audiencia de individualización de la pena concreta se programó para las 09:00 de la mañana del martes 14 de septiembre del 2021.

En un comunicado emitido a través de las redes sociales del Poder Judicial (PJ) se dio a conocer que, entre los años 2002 y 2006 Kilgore López se desempeñó como alcalde municipal o sea representante legal y administrador general.

Siguieron explicando que José María Ávila Soleno era auditor y Óscar Guerra Ocampo se desempeñaba como tesorero municipal. Además, Ingmar González Figueroa trabajaba como gerente de finanzas y administración.

Pagos

Durante el período comprendido del mes de enero del 2002 a enero del 2006 la municipalidad sampedrana efectuó pagos. Eso ocurrió a través de diferentes cuentas corrientes de siete instituciones bancarias a favor del Restaurante Arte Marino, cuya propietaria era Francis Elizabeth Martínez Murga. Ella era esposa de Manuel Antonio Paz Chávez, que también fungió como gerente general de la municipalidad desde el 28 de enero del 2002 al 29 de marzo del año 2005, establece el boletín informativo que se compartió.

El PJ agregó que esos montos diversos ascendieron a 711,592.77 lempiras, «los cuales estaban sin respaldo en la documentación soporte».

Puede leer: SPS: Tribunal declara inocente por segunda vez a Óscar Kilgore en repetición de juicio

Por otra parte, se detectaron pagos de 788,531.70 lempiras siempre a favor del Restaurante Arte Marino, de los años 2003 a enero del 2006, explica el boletín.

Todos los títulos valores con que se pagaron esos gastos de alimentación, (estaban) sin el respaldo o sea sin el soporte correspondiente. «Así se obviaron los procedimientos de adquisición de suministros que prohibía la participación de proveedores únicos», exteriorizó el PJ.

«Y por eso su acusación va bajo el principio de la retroactividad de la ley, ya que la nueva normativa favorece al reo, se aplica el código penal vigente que califica el delito de  violación de los deberes de los funcionarios que protege el bien jurídico protegido, como es la administración pública del Estado de Honduras», concluyó explicando el boletín informativo.

Boletín informativo del PJ.
Boletín informativo del PJ.

 


Nota para nuestros lectores:

? Suscríbete gratis a más información en nuestro WhatsApp haciendo clic en el enlace: http://bit.ly/2LotFF0

Estás a un paso de recibir nuestro PDF Gratis

Última Hora

Hoy en Cronómetro

error: Contenido Protegido