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miércoles, agosto 14, 2024

Prohibición del aborto está basada en “serios errores conceptuales”, dicen ginecólogos

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TEGUGIALPA. La prohibición absoluta del aborto en el país, recién aprobada por el Congreso Nacional (CN), está basada en varios «errores conceptuales», según la Sociedad de Ginecología y Obstetricia de Honduras.

La Sociedad, mediante un comunicado, calificó de «alarmante» la reforma al artículo 67 de la Constitución de la República, el cual reza que «Al que está por nacer, se le considerará nacido para todo lo que le favorezca, dentro de los límites establecidos por la Ley».

También, los ginecólogos del país se refirieron a las sanciones establecidas en los artículos 126, 127 y 128 del Código Penal contra las mujeres que aborten o quienes contribuyan a que lo haga.

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Las penas son las siguientes:

ARTICULO 126. El aborto es la muerte de un ser humano en cualquier momento del
embarazo o durante el parto. Quien intencionalmente cause un aborto será castigado:

– Con tres a seis años de reclusión si la mujer lo hubiese consentido

– Con seis a ocho años de reclusión si el agente obra sin el consentimiento de la
madre y sin emplear violencia o intimidación

– Con ocho a 10 años de reclusión si el agente emplea violencia, intimidación o engaño

ARTICULO 127. Se impondrán las penas señaladas en el artículo anterior y la de multa
de quince mil (L.15,000.00) a treinta mil (L.30,000.00) lempiras al médico que, abusando
de su profesión, causa o coopera en el aborto.

ARTICULO 128. La mujer que produzca su aborto o consienta que otra persona se lo
cause, será sancionada con reclusión de tres a seis años.

En contra del aborto deliberado

Ahora bien, la Sociedad de Ginecología no apoya la interrupción deliberada del embarazado, sino todo lo contrario. Pero sí afirma que «existen tres causales importantes para considerar la finalización» del proceso de gestación.

Las tres causales son:
  1. Malformaciones congénitas incompatibles con la vida
  2. Enfermedades maternas que incrementan el riesgo de muerte durante el embarazo,
  3. Embarazos producto de violación o estupro en niñas

«Las reformas constitucionales aprobadas están basadas en serios errores conceptuales desde el punto de vista científico, bioético y por causales médicas», opinan los ginecólogos, y «lamentablemente, están incluidos en el Código Penal«.

Según la Sociedad, la reforma de ley viene a incrementar el deterioro en la salud y la vida de mujeres y niñas, provocando un retroceso en el derecho a la salud reproductiva e impactando aún más en las ya desbordantes cifras de mortalidad materna en Honduras.

Por tal razón, los ginecólogos del país hicieron un llamado al CN, pidiéndole que evalúe la decisión tomada y que considere la opinión de los médicos que conocen del tema antes de proceder.

«Hacemos un llamado a respetar y escuchar las voces calificadas, que, con criterio científico y bioético, podemos contribuir en la reforma correcta y responsable de las leyes que involucran la salud de las mujeres hondureñas», cierra el pronunciamiento.

Documento íntegro de la Sociedad de Ginecología y Obstetricia de Honduras.

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