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martes, mayo 21, 2024

Jueza interpone recurso de reposición contra Ley de Amnistía

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REDACCIÓN. La jueza, Karla Romero, interpuso este día un recurso de reposición en contra de la Ley de Amnistía Política en la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Esta determinación se debe a que la Sala de lo Constitucional declaró «sin lugar» los recursos de inconstitucionalidad contra el decreto que le da vida a la Ley de Amnistía. En octubre del 2022 la abogada había presentado cuatro recursos de de inconstitucionalidad contra la disposición en mención.

«Yo analizo la Ley de Amnistía y digo esta ley es inconstitucional porque transgrede o choca con artículos de la Constitución de la República», declaró en ese momento.

Sala Constitucional
Sala Constitucional de la CSJ declaró «sin lugar» los recursos contra la Ley de Amnistía.

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No obstante, este día Romero comentó que la Sala de lo Constitucional no se pronunció sobre los motivos presentados de fondo y de forma.

«Esos procesos son así, se dan en relación a una respuesta que estoy solicitando», para que se aborde «dentro del recurso de reposición para una valoración jurídica más objetiva», señaló.

Por consiguiente, agregó que siente el deber de agotar hasta la última instancia en contra de la Amnistía Política.

Decreto de amnistía política
Decreto de amnistía política.

– «Vulnera la Constitución» –

«El artículo 87 y 88 de la Ley sobre Justicia Constitucional nos faculta para que podamos interponer este tipo de recursos vía oficiosa, cuando los órganos del Poder Judicial tienen el conocimiento de una ley que vulnera la Constitución», explicó la abogada en mayo de 2022.

Según expuso la abogada, la Ley de Amnistía Política otorgó sobreseimientos definitivos a exfuncionarios de la administración de Manuel Zelaya Rosales (2006-junio de 2009). Entre ellos, Enrique Flores Lanza, Marcelo Chimirri, en algunos casos a Rodolfo Padilla Sunseri (exalcalde de SPS) y otros.

Finalmente, recordó que hay otros recursos de inconstitucionalidad interpuestos en que la Sala de lo Constitucional debe pronunciarse.

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