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viernes, abril 26, 2024

Buscan reformar la Ley de Indultos para descongestionar cárceles

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Tegucigalpa, Honduras.- La Ley de Indulto sufriría un cambio con el fin de ser más accesible, pues a criterio de muchos expertos actualmente esta normativa es muy rígida y, por lo tanto, casi inaplicable para las personas que estén pagando una pena en algún centro penal del país.

Expertos divulgaron que se ha creado un borrador para reformar la Ley de Indulto, para que exista un procedimiento más accesible en la aplicación de esta normativa.

El indulto es la atribución que la Constitución de la República otorga al Presidente (a) para extinguir la o las penas aún no cumplidas, dispuestas mediante sentencia condenatoria firme dictada por juez o tribunal competente.

La figura del indulto constituye un beneficio otorgado por el Presidente (a) de la República en consideración de circunstancias particulares de la persona condenada.

Diario TIEMPO se comunicó con la portavoz del Instituto Nacional Penitenciario (INP), Digna Aguilar, quien expresó que efectivamente ya se trabajó en un borrador.

Aguilar afirmó que en el proyecto participaron organismos de derechos humanos y autoridades del Poder Judicial.

La portavoz manifestó que el borrador está en revisiones, según la información que posee. «Tengo entendido que sigue en proceso de socialización con otros sectores de la sociedad», detalló Aguilar.

Cambiaría de nombre 

El presidente del Comité para la Defensa de los Derechos Humanos de Honduras (Codeh), Hugo Maldonado, argumentó que ese borrador no solo cambaría varios aspectos de la Ley de Indulto, sino que también su nombre. De ser aprobado el borrador, pasaría a llamarse «Ley de Gracias Constitucionales».

«El borrador forma parte de la propuesta que la señora presidenta (Xiomara Castro) hizo cuando traspasó el mando militar a la Policía Nacional«, le dijo Maldonado a Diario TIEMPO.

El defensor ratificó que la reforma se daría con el fin de beneficiar a una parte de la población carcelaria de Honduras.

borrador reformar ley de Indultos
La reforma a esta ley beneficiaría a una gran parte de la población penitenciaria.

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Además, expuso que, aunque desconoce el contendido del borrador, espera que si se aprueba el indulto lo puedan recibir los siguientes reclusos:

  • Personas con enfermedades terminales
  • Los que tienen más 50 % de la pena cumplida
  • Adultos mayores de 70 años
  • Personas que padezcan de alguna demencia

Igualmente, el titular del Codeh aclaró que ellos no están participando en este programa, pero indicó que sería lógico que detrás de este borrador estén otras organizaciones de Derechos Humanos.

Asimismo, aseveró que es positivo que las autoridades estén buscando ayudar a la población penitenciaria, pues, aunque en las cárceles hay personas malas, también hay sujetos que pueden ser inocentes o culpables.

borrador reformar ley de Indultos
Honduras cuneta con múltiples centros penitenciarios.

De igual manera, le pidió a los nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), disminuir la mora judicial que hay en el territorio nacional.

Hasta ahora se desconoce la fecha en la que se presentaría el borrador para reformar la Ley de Indultos.

Según entendidos en el tema, la reforma beneficiaría a descongestionar el sistema penitenciario que alberga aproximadamente 19,500 privados de libertad. 

¿Qué es la Ley de Indulto? 

Es una norma de orden e interés público, cuya finalidad es desarrollar la atribución constitucional del Presidente (a) de la República para indultar las penas cumpliéndose los requisitos señalados.

La figura del Indulto produce los efectos siguientes:

  • Extingue la o las penas principales sobre las que hubiese recaído
  • Salvo mención expresa, no se extiende a las penas accesorias de inhabilitación especial o absoluta, interdicción civil y el comiso
  • Libera las medidas de seguridad impuestas
  • No exime de la responsabilidad civil derivada del delito

El indulto también se entiende como la remisión o exclusión total o parcial de la pena impuesta mediante sentencia condenatoria firme y se clasifica en:

  • Indulto total: es la remisión completa de la totalidad de las penas impuestas aún no cumplidas.
  • Indulto parcial: es aquel que se concede afectando solamente alguna o algunas de las penas impuestas aún no cumplidas.

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