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viernes, abril 26, 2024

Ante estado de excepción por Covid-19, Toncontín permanece cerrado

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.  Debido al estado de excepción decretado por el Gobierno para evitar la propagación del Covid-19, el Aeropuerto Internacional Toncontín de la capital se encuentra cerrado.

En ese sentido se informó que todos los accesos a la terminal aérea se encuentran cerrados. Además no se está permitiendo el ingreso de ninguna persona, lo anterior debido a que todos los vuelos han sido cancelados.

Es preciso indicar que en un principio se había dicho que la terminal aérea de Tegucigalpa iba a operar solamente con vuelos locales durante siete días. Sin embargo, debido al cierre de fronteras aéreas marítimas y terrestres de Honduras, se ordenó el cierre del mismo.

Por otra parte, varios sectores del país han manifestado que el cierre del aeropuerto generará grandes pérdidas económicas. Hay que recordar que Toncontín dentro de poco dejará de recibir vuelos internacionales debido a la apertura del aeropuerto de Palmerola en el valle de Comayagua.

Honduras en cuarentena: decretan toque queda a nivel nacional

Las autoridades del país informaron sobre las nuevas medidas que se implementarán para evitar la propagación del Covid-19.

Por medio de una cadena nacional de radio y televisión, el vocero oficial del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER), Francis Rafael Contreras, señaló que ante los tres nuevos casos sospechosos del nuevo coronavirus (Covid-19), los estudios se encuentran en proceso de análisis en el Departamento de Virología.

Asimismo informaron que el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad aprobó, por medio del decreto PCM-21-2020, la restricción de algunas medidas constitucionales ante los casos de Covid-19.

De esa forma quedan restringidas a nivel nacional, por un plazo de siete días, las garantías de los artículos 69, 71, 72, 78, 81, 84, 93, 99 y 103 de la Constitución de la República. De no cumplir lo establecido se remitirá el caso a las oficinas del Congreso Nacional (CN).

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Prohibiciones específicas detalladas en el comunicado por precaución ante Covid-19:

  • Se suspenden labores en el sector público y privado durante el tiempo de excepción.
  • Prohibidos los eventos de todo tipo.
  • Suspendido el uso de transporte público.
  • Suspensión de celebraciones religiosas presenciales.
  • Prohibido el funcionamiento de negocios, entre estos, centros comerciales.
  • Cerrar todas las fronteras terrestres, marítimas y aéreas del país.

La restricción de las garantías mencionadas por amenaza de Covid-19, en el artículo 01 del presente artículo ejecutivo tienen las siguientes excepciones:

  • Derecho de libre circulación de personas. Las personas solo podrán circular por la vía de uso público para: adquirir alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Servicios y estacionamientos sanitarios.
  • Emplazamiento a lugar de trabajo, profesional o empresarial autorizadas en el decreto.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Personas de la Salud que asiste o cuide a personas de tercera edad, niños o personas dependientes o con discapacidad.
  • Desplazamiento a entidades financieras, cooperativas y de seguridad.
  • Permitida la circulación de vehículos particulares por la vía de uso público para realizar las opciones antes nombradas.

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