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domingo, diciembre 22, 2024

10 años de cárcel a mujer que se enojó con pareja por no llevarla a la playa

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Redacción. Miembros de la Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida (FEDCV) en juicio por procedimiento abreviado lograron que un juez dictara sentencia condenatoria y la pena de 10 años de cárcel a Suyapa del Carmen Martínez Vásquez, por haber cometido el delito de tentativa de parricidio en contra de Luis Antonio Castillo Rodríguez (su pareja).

Las investigaciones preliminares del caso establecen que el día domingo 31 de marzo del año 2024, alrededor de las 8:00 p.m. la imputada Suyapa Martínez comenzó una fuerte discusión con su pareja sentimental. El joven Luis Castillo supuestamente venía de una excursión y ella se frustró porque no la llevó a la playa. Debido a ello, le infirió varias heridas con un cuchillo, dejándolo gravemente herido.

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Mujer apuñala a su pareja porque no la llevó a la playa
El joven estuvo a punto de morir desangrado.

Detalles

En ese sentido, agentes policiales llegaron al barrio Carmelo Abajo y le brindaron asistencia médica al lesionado. Luego, lo trasladaron al hospital Gabriela Alvarado, donde tuvo que ser referido a la sala de emergencia. Posteriormente, los uniformados detuvieron a Suyapa Martínez, quien confesó los ataques. De igual forma, la enviaron a la jefatura policial para realizarle el respectivo procedimiento.

La conducta de la joven Suyapa del Carmen Martínez Vásquez se enmarca en el delito de parricidio en su grado de ejecución de tentativa inacabada, tipificado en el artículo 194 del Código Penal, relacionado con el artículo 21 y 25 del Código Penal.

código penal de Honduras
El vigente Código Penal se aprobó el 28 de mayo de 2019.

Artículo 25 (Código Penal de Honduras)

Según el artículo 25 del Código Penal, tampoco incurren en responsabilidad penal:

  1. Quien obra impulsado por fuerza física irresistible o miedo insuperable.
  2. Quien incurre en alguna omisión, hallándose impedido por causa legítima o
    insuperable.
  3. Quien en la creencia racional de que existe una agresión injusta contra su persona, reacciona contra el supuesto agresor, siempre que la reacción sea proporcionada al
    riesgo supuesto.

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