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domingo, noviembre 17, 2024

Wagner Vallecillo representará a la CSJ ante Junta Proponente

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Honduras.– La Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombró al magistrado Wagner Vallecillo para que sea su representante en la Junta Proponente, la cual tendrá como tarea elegir a los candidatos que serán propuestos para ocupar los cargos de Fiscal General de la República y Fiscal General Adjunto.

Fue a través de las redes sociales del Poder Judicial, que se dio a conocer que Vallecillo sería el representante de la CSJ.

Además, se reveló que la decisión fue apoyada por la mayoría de los integrantes del Pleno de Magistrados.

El director de la unidad de comunicaciones de la CSJ, Melvin Duarte, manifestó que la presidenta de la CSJ, la señora Rebeca Obando, también integrará la Junta Proponente.

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Wagner Vallecillo Paredes

Este abogado nació un 19 de enero de 1965 en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés. Tiene 57 años de edad. Impartió varios cursos en el Colegio de Abogados de Honduras (CAH) y también ha trabajado para el Poder Judicial.

Además, este profesional del Derecho tuvo un paso por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (ONCAE). Fue juez de letras en Siguatepeque, defensor público en San Pedro Sula y juez de paz en Jesús de Otoro.

Junta Proponente

Los integrantes de la Junta Proponente serán: uno de la CSJ, designado por el pleno, otro de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) y otro de las universidades privadas.

El resto serán, uno del Colegio de Abogados de Honduras (CAH), otro del Comisionado Nacional de Derechos Humanos y el último de las organizaciones de Sociedad Civil.

Wagner Vallecillo Paredes
Wagner Vallecillo Paredes.

Entre los requisitos para los dos cargos en mención, se establece que deben ser personas que sí han tenido contratos con el Estado, y los mismos deben haberse cumplido. No se aceptarán en el proceso a personas que actualmente estén participando como oferentes en procesos de adjudicación con el Estado.

Finalmente, se detalló que los aspirantes no deben ser parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con la presidenta de la República o los designados.

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