Tegucigalpa, Honduras. El analista político, Olban Valladares, dijo que el presidente del Congreso Nacional (CN), Luis Redondo, podría enfrentar responsabilidad administrativa y penal si no se reconsidera acta del CAF (Corporación Andina de Fomento).
Valladares manifestó que «si no se concede la reconsideración del acta pendiente, tanto la secretaría como la presidencia del Congreso Nacional podrían enfrentar responsabilidad administrativa y penal».
Asimismo, explicó que el presidente del CN afirmó que la incorporación de Honduras al CAF está irreversiblemente aprobada, lo cual es una apreciación falsa.
En ese sentido, expuso que de acuerdo con las Reglas de Roberts y el reglamento del CN utilizado sin distorsiones durante 42 años, el acta debe ser aprobada en la siguiente sesión si refleja con absoluta exactitud lo sucedido en la sesión anterior. Es decir, si constituye una radiografía precisa de esa sesión.
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Declaraciones de Redondo
Las explicaciones se dieron a conocer tras las declaraciones emitidas por el presidente del Legislativo, Luis Redondo. El titular del CN aseguró que ya está aprobado el decreto de la adhesión de Honduras al CAF.
«Nosotros ya aprobamos el decreto del CAF, eso no hay discusión, no hay ningún procedimiento ni nada que puede impedir que nosotros cambiemos los votos o hagamos algo al respecto. La Constitución está clara y hay que recordar eso, ya la Constitución dice lo que nosotros hicimos en el Congreso Nacional y eso ya está aprobado», manifestó.
Sin embargo, Redondo contradijo sus propias declaraciones al expresar que se debe de discutir y aprobar, lo que según él ya está aprobado.
«Cuando lleguemos a la sesión podemos discutir y aprobar el acta. Esta puede resultar con los votos o no para que se siga con el procedimiento que corresponde. Esto de acuerdo a la Constitución y a la Ley Orgánica», declaró.
Acta del CAF
Mientras tanto, el analista político resaltó que en caso de que se solicite la reconsideración del acta, la presidencia «deberá obligatoriamente» conceder la palabra al diputado o diputados que lo soliciten. Además, dar trámite a la reconsideración mediante una moción.
Si la moción de reconsideración es aprobada por mayoría simple o calificada, la secretaría deberá consignar dicha reconsideración en una nueva acta. El documento quedará cuando sea aprobada sin reconsideraciones en la siguiente sesión, apuntó Valladares.
Igualmente, Valladares enfatizó que durante las reconsideraciones un diputado tiene pleno derecho de modificar cualquier voto emitido en la sesión anterior. Cambio que puede ser de positivo a negativo o viceversa.
Además, explicó que al final de todas las reconsideraciones, la decisión se considera válida o inválida dependiendo de si alcanza la mayoría de votos.
Finalmente, mencionó que en el caso del CAF, es evidente que la presidencia ha evitado la aprobación del acta. Ellos saben que en la reconsideración no cuentan con los 65 votos necesarios para alcanzar la mayoría simple, agregó.
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