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martes, mayo 14, 2024

Dictan auto de formal procesamiento para otros dos implicados en caso Pandora

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HONDURAS. Tras culminar la audiencia de inicial que se realizaba este día, la jueza natural, Lidia Álvarez Sagastume, dictó auto de formal procesamiento con la medida de prisión preventiva contra dos implicados más en el sonado caso Pandora.

Los detenidos estaban prófugos de la justicia, pero que la semana pasada se presentaron de manera voluntaria ante los tribunales de justicia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Se trata de los imputados Claudia Noriega y Luis Fernando Urrutia, acusados por el delito de fraude en perjuicio de la administración pública. Dicha información la dio a conocer la portavoz de la CSJ, Lucía Vilar.

Como se recordará, a dichas personas el Ministerio Público (MP), anteriormente, los señaló en el delito de lavado de activos. Sin embargo, por la prueba evacuada en dicha audiencia no se logró comprobar la participación de ellos en dicho ilícito.

Por tal razón, Vilar indicó que dicho ilícito se les recalificó al delito de fraude. Ellos actualmente estarán guardando prisión en el reclusorio que el Instituto Nacional Penitenciario designe.

Los imputados fueron trasladados al centro penitenciario en el cual guardaran prisión hasta la siguiente etapa del proceso penal.

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Abogados defensores interpondrán recurso de apelación para cambiar decisión de la jueza natural

Por su parte, Darwin García, defensor de Luis Urrutia, dijo estar asustado con la decisión adoptada por la jueza Sagastume. Eso, porque de un día a otro cambió su opinión jurídica.

Lo anterior, porque en primera instancia a los otros 26 imputados les dictó un auto de formal procesamiento por encubrimiento. Cuando los mismo hechos y las mismas pruebas fueron evacuadas durante las audiencias.

Sin embargo, en el caso de su representado, la jueza determinó que lo que existió fue un fraude. Eso, cuando en realidad no se dan los presupuestos de ese delito establecido en la norma procesal.

En ese sentido, García explicó que los presupuestos para que se configure el fraude los requisitos son:

  • Que el imputado sea funcionario o empleado público que se ponga de acuerdo con un tercero.

“Mi representado no es un tercero en esta cadena de hechos que se le imputan. En todo caso deberían ser las fundaciones el tercero. Por lo tanto no se da el tipo penal”, aseguró el togado.

Por tal razón, el profesional del derecho aseveró que van a impugnar la decisión en un periodo de tres días.

A efecto de eso, remarcó que interpondrán un recurso de apelación porque no se dan los presupuestos de fraude. Y, porque lo que se debió dictar fue un sobreseimiento definitivo.

“Se acreditó fehacientemente que la relación que hubo entre mi representado y la fundación, fue una relación meramente comercial y mercantil», concluyó el abogado.

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