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viernes, junio 28, 2024

Arrestan a comerciante que vendía lotería falsa en la capital

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Redacción. Elementos de la Dirección Policial de Investigaciones (DPI) capturaron de manera flagrante a un hombre que engañaba a las personas a través de la venta de boletos de lotería falsa.

La captura la ejecutó personal de Delitos Especiales (DDE) de la DPI. La detención ocurrió en un local de la colonia Torocagua, Comayagüela, en Francisco Morazán.

Se trata de un comerciante de 50 años, originario y residente en el mismo lugar donde se llevaron a cabo las labores de búsqueda.

Honduras
Al hombre se le arrestó este jueves. Al individuo le decomisaron varias cosas.

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Investigaciones 

Según las autoridades, el comerciante usaba como fachada una farmacia. Además, aprovechó la imagen de las loterías legales para ofrecer a sus clientes ganancias o premios que en muchos casos no eran pagados.

Asimismo, al hombre se le decomisó varias listas y dinero en efectivo. En el lugar también se encontraron recibos que servirían como pruebas del ilícito que se le imputa en su contra.

Según autoridades, el delito de venta de lotería apuntada perjudica directamente al Gobierno.

El sujeto será puesto a disposición de las autoridades del Ministerio Público, para que responda por la comisión del delito flagrante de uso legítimo de distintivos o marcas registradas y venta de lotería no autorizada legalmente.

La DPI continúa ejecutando operativos a nivel nacional en el marco de la “Operación Cabañas IX”. El fin es sacar de circulación a personas dedicadas a este flagelo.

Según el Código Penal, los productores o expendedores de billetes de loterías tradicionales o electrónicas y quienes efectúen rifas, sorteos y demás juegos de azar no concesionados o autorizados legalmente, deben recibir la pena de prisión de dos (2) a cuatro (4) años y multa de quinientos (500) a mil (1.000) días.

Las penas anteriores se deben aplicar sin perjuicio de las que pudieran corresponder por otros delitos y en particular por la comisión de delitos de asociación ilícita.

Se exceptúan las rifas y sorteos que excepcionalmente se realicen con fines benéficos, políticos, educativos, recreativos, de fomento a las artes o al deporte que efectúen los centros, organizaciones o establecimientos dedicados a estas actividades.

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