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jueves, mayo 2, 2024

Abogados en Caso MACCIH: Sala de la CSJ excedió sus atribuciones; MP debe de actuar

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Tegucigalpa, Honduras-Varios profesionales del derecho encuentran incongruencias en el fallo de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia con respecto a la constitucionalidad del convenio HONDURAS/OEA-MACCIH.

Los togados como otras organizaciones anticorrupción, consideran que la Sala Constitucional se salió de sus atribuciones. Esto en el fallo emitido el pasado 29 de mayo de 2018.

El abogado René Adán Tomé considera que los considerandos del Fallo fueron desarrollados para declarar inconstitucional la MACCIH.

“Pero el fallo como tal declara la constitucionalidad del decreto impugnado. No obstante, los considerandos y el fallo mismo como que no encajan”, agregó Tomé.

Para el especialista en derecho, esta situación da pie a pensar que “a lo mejor la sala iba a declarar como inconstitucional el decreto y que a lo mejor a última hora ocurrió algo” y cambiaron de posición.

Es muy posible que un mensaje o alguna publicación en los medios al final obligó a cambiar el fallo.

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Según el abogado, la Sala tiene solo atribuciones de declarar la inconstitucionalidad de las leyes. Esto invocando el artículo 184 de la Constitución de la Reduplica.

“En este caso esto fue lo que le pedió el recurrente que declara inconstitucional el decreto 23-2016. Decreto mediante el cual el Congreso Nacional aprobó el convenio de la MACCIH, pero la Sala dice que el decreto está bien hecho”, explicó.

Además, para los especialistas en estos temas la Sala Constitucional se está saliendo se sus atribuciones. Esto en referencia a los considerandos relacionados a la Unidad Fiscal contra la Corrupción y la Impunidad (Ufecic).

Con esta acción la Sala Constitucional estaría invadiendo la independencia del Ministerio Publico (MP), según Tomé.

El MP, establece en su ley orgánica que es una institución profesional, permanente e independiente de los demás poderes del estado. Esto se fundamentó cuando la institución se elevó a rango constitucional.

En este sentido, para Tomé, la Sala se habría excedido con sus atribuciones, “entonces que es lo que pasa con la sentencia, para MP, no tiene ningún efecto, porque lo que vinculaba al Ministerio Publico era si el decreto hubiera sido declarado inconstitucional”.

Si ese decreto lo declarasen inconstitucional, según los especialistas, la Ufecic si hubiese tenido problemas. Pero como fue una resolución favorable el Ministerio Público no tendría problema en estar funcionando como lo está haciendo.

Tomé asegura que el MP no está obligado a cumplir lo que está en esa sentencia. Además, agregó, no aplica el pedido de enviar al Congreso la resolución para luego  publicarla en La Gaceta.

El togado explica que como no lo están declarando inconstitucional ni lo están derogando, no procede la publicación.

“Entonces, el Congreso no tiene ninguna responsabilidad. Es más, la sentencia no debe  ser publicada, solo se le notifica al recurrente nada más. Pero en este caso el congreso está enviándolo a publicar para darle valor y que el MP se someta a esta sentencia”, profundizó en su explicación.

Por otra parte, Ramón Enrique Barrios, miembro de la Asociación Para una Sociedad Más Justa, explica lo que significaría desmantelar la UFESIC.

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¿La Maccih sin dentadura?

“Para graficar a la ciudadanía lo que significa este fallo es como que, si a usted le quitaran la dentadura, la mordida no será tan profunda, así como los requerimientos fiscales que se están haciendo”, dijo.

Por lo tanto, agregó, “sin apoyo de los fiscales extranjeros sin la asesoría de los investigadores extranjeros, sobre todo, no se podría combatir los delitos de corrupción, delito que son sumamente difíciles”.

Además, asegura que la capacidad operacional del MP no ha sido tan profunda. Tanto es así que nunca habían presentado requerimientos fiscales contra la clase política de nuestro país como lo hacen hoy.

Los abogados coinciden que el MP, en vez de someterse a esta sentencia, deben de actuar de oficio. La acción debe ir contra los cinco magistrados de la Sala Constitucional por abuso de autoridad.

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