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lunes, noviembre 18, 2024

Suspenden audiencia de medios de prueba en caso de Nasry Asfura

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Tegucigalpa, Honduras.– El Juzgado de Privación de Dominio suspendió este lunes la audiencia de proposición de medios de prueba en relación a los bienes del exalcalde capitalino Nasry Asfura.

La suspensión se dio a conocer por parte del Poder Judicial, quien detalló que el motivo de esta se debe a la no comparecencia del Ministerio Público.

Asimismo, señaló que el juzgado no recibió ninguna justificación por parte del ente acusador para no comparecer en la audiencia de medios de prueba.

Durante la Operación Omega III en marzo del año 2021, se aseguraron 13 bienes pertenecientes al ex alcalde capitalino. También, el patrimonio de la exregidora Nilvia Ethel Castillo Cruz.

En noviembre de 2021, el Juzgado de Privación de Dominio recalcó que los bienes del ex alcalde capitalino seguían con la medida de aseguramiento tras denuncia de liberación por parte de la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes De Corrupción (Uferco)

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CSJ otorga amparo a Nasry Asfura

El 27 de diciembre de 2022 se informó que un recurso de amparo otorgó la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a favor del exalcalde del Distrito Central y el excandidato a la Presidencia de la República, Nasry Asfura.

Ese recurso se le otorgó debido a la investigación que desarrollaba en su contra la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (UFERCO). Al exedil se le acusaba de presunta corrupción a lo interno de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC).

El Poder Judicial detalló que el amparo lo determinó la Sala Constitucional por unanimidad de votos de los magistrados.

Nasry Asfura
Nasry Asfura.

Rigoberto Chang Castillo indicó en TN5 que el apoderado legal del ex alcalde capitalino presentó el amparo con suspensión del acto reclamado.

«Se le otorgó, no solamente reunía los requisitos. También, el motivo por el cual se estaba solicitando el amparo estaba conforme al derecho», indicó Chang Castillo.

Ante el amparo que otorgó la Sala de lo Constitucional de la CSJ, se le impidió a la UFERCO poder promover la acción penal que pretendía. Es decir, el antejuicio.

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