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viernes, abril 26, 2024

Sobreseen a Jaime Rosenthal; lo demandaron como representante de Grupo Continental

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. La Sala IV del Tribunal de Sentencia, por unanimidad, determinó sobreseer definitivamente al expresidente del Grupo Continental, Jaime Rosenthal Oliva.

Rosenthal Oliva enfrentaba un juicio en esa adjudicataria como representante del Grupo Continental, un conglomerado de más de 100 empresas, incluyendo la Inmobiliaria Santa Elena S.A de C.V., la cual era objeto de la demanda.

El Tribunal de Sentencia tomó la decisión definitiva a petición de parte y en base al artículo 96 del Código Penal y 296 del Código Procesal Penal. Las normativas establecen que cuando muere un encausado la responsabilidad penal y sus efectos consecuentes se extinguen.

A continuación los artículos:

Código Penal vigente: EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL Y SUS EFECTOS

Artículo 96. La responsabilidad penal se extingue:

1) Por la muerte del reo;

 

Código Procesal Penal:

Artículo 296. Sobreseimiento definitivo. Se dictará sobreseimiento definitivo cuando:

1) Resulte probado que el hecho no ha existido o que no está tipificado como delito o que el imputado no participó en su comisión;

2) No existan fundamentos suficientes para decretar auto de prisión o declaratoria de reo y no hayan motivos para sospechar que el imputado tuvo participación en el delito; y,

3) Se ha extinguido la acción penal.

El caso tuvo su origen cuando a la Inmobiliaria Santa Elena S.A. de C.V. la contrató un ciudadano para que le construyera una vivienda, ubicada en la aldea Guasculile en la jurisdicción del Distrito Central.

Luego él rechazó la vivienda, alegando que presentaba algunas fallas. El reclamo terminó en los juzgados a pesar de las reparaciones hechas por la inmobiliaria.

Ante la decisión tomada y dada a conocer esta tarde, el expediente del caso se remitirá al archivo histórico del Poder Judicial, tal y como lo ordenó el Tribunal de Sentencia.

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La resolución del caso

La abogada y representante legal, Irma Yamileth López, manifestó que la resolución se tomó en la convocatoria de la Sala del Tribunal de Sentencia del juicio oral y público del caso del empresario Jaime Rosenthal.

En ese sentido, la togada informó que los términos se facultan en la certificación íntegra y original del expediente de mérito.

Por lo que la defensora señaló que «esto se apega al estricto Derecho Procesal Penal que expresa el artículo 96 numeral 1. De esa manera, se solicitó al Tribunal que se extinga la responsabilidad penal del representado, ingeniero Jaime Rosenthal Oliva, en base al artículo 296 del Código Procesal Penal».

Además, con el voto de unanimidad de los tres jueces, se resolvió extinguir la responsabilidad penal. Por ende, ya no existe tampoco una responsabilidad civil hacia los herederos de la familia Rosenthal. El proceso penal, hoy, 21 de mayo de 2019, queda finalizado.

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