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martes, abril 30, 2024

SINAGER: Prohibidos velorios y autopsias para fallecidos por COVID-19

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. El Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER), en el marco de la emergencia sanitaria, decretada mediante el decreto PCM 021-2020, informó que se prohíben los velorios y autopsias de fallecidos por o bajo sospechas de COVID-19 en Honduras.

A través de un comunicado, SINAGER detalló que cualquier persona que muera durante la pandemia de COVID-19 deberá ser enterrado inmediatamente. El objetivo es evitar las aglomeraciones de personas y así, la propagación del virus.

En el escrito también detallan que están prohibidas las autopsias intrahospitalarias a las personas que hayan fallecido por sospecha de COVID-19.

De acuerdo al documento, tampoco se practicarán autopsias, salvo que el cadáver tenga indicios o signos de muerte violenta, probado por observación de Medicina Forense.

Los cadáveres se llevarán inmediatamente desde el lugar donde ocurrió la muerte a su lugar de entierro; cuerpos de seguridad del Estado los custodiarán.

Se permitirá que los familiares en primer grado los acompañen a su entierro en un número no mayor a 15 personas. Deberán mantener la protección correspondiente y una distancia del ataúd no menor a dos metros.

sinager
Comunicado provisto por SINAGER.

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SINAGER: No traslados interdepartamentales

Asimismo, SINAGER en su escrito informa que están prohibidos los traslados de cadáveres interdepartamentales. De esa forma evitarán la posibilidad de un mayor contagio y los disturbios en carreteras o incidentes.

Se formó un equipo dentro del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional; el cual coordinará el manejo de cadáveres con las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Cuerpo de Bomberos, Medicina Forense, Cruz Roja y funerarias locales.

Finalmente, se pide a cada Corporación Municipal localizar terrenos aptos para fosas comunes en caso de entierros masivos al rebasar la capacidad para el manejo de cadáveres.

No es obligatorio cremar el cuerpo

Recientemente, el titular de la Comisión Permanente de Contingencias (COPECO), Gabriel Rubí, explicó los protocolos que Medicina Forense debe seguir luego que una persona muere a causa de COVID-19.

En ese sentido, el funcionario manifestó que la “ley no obliga a cremar cadáveres, la empresa se someterá a respetar derechos de los dolientes”. La aclaración surge luego de que la familia de la primera doctora fallecida por COVID-19, Denisse Murillo, denunciaron que la funeraria que haría el entierro de la galena les estaba obligando a cremar su cuerpo.


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