Cortés, Honduras.- Ciertos requisitos se deben de cumplir si se quiere contraer matrimonio en el territorio hondureño. Es por ello que Diario TIEMPO le mostrará lo que establece el marco legal y los pasos a seguir.
Requisitos para contraer matrimonio civil (mayores de 21 años)
- Fotocopia del Documento Nacional de Identificación (DNI) de los contrayentes (ampliadas)
- Fotocopia del DNI de dos testigos mayores de 21 años (ampliadas), que sepan leer, escribir y presentar sus identidades originales. (No se aceptan cambios de testigos a ultima hora. Los padres no pueden ser testigos).
- Certificación de Estado Civil (soltería) que no pase de 3 meses. (sus nombres deben coincidir exactamente con los que aparecen en el DNI y constancia de parentesco, la cual debe ser solicitada en las oficinas del Registro Nacional de las Personas (RNP) en le lugar de nacimiento de los contrayentes.
- Constancia de Parentesco, la cual debe ser solicitada en las oficinas del RNP en el lugar de nacimiento de los contrayentes.
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- Constancia médica y exámenes del VIH, cuando hay hijos entre sí.
- Prueba de embarazo , sí está embarazada (con sello y firma original del laboratorio).
- Partidas de nacimiento originales de los hijos, cuando son de ambos contrayentes.
- Hoja de Antecedentes Penales de ambos contrayentes.
- Boleta de pago por servicios matrimoniales.
- Acta Notarial del Régimen Económico. Art 64 del código de familia (solamente si tienen bienes, por bienes separados presentar original y copia de documentos que lo acrediten).
Requisitos para los que contraen matrimonio y son menores de 21 años
Los padres deben autorizar por escrito y autenticar las firmas por un notario.
- Presentar fotocopia del DNI de los padres (si uno de los padres de familia es difunto, traer acta de defunción y autorización del padre o madre sobreviviente.
- Cuando los dos padres son difuntos, la autorización la darán los abuelos paternos o maternos de preferencia los que viven en el mismo domicilio del menor contrayente.
- Cuando se ignora el paradero de quien deba dar la autorización. El Juzgado correspondiente la dará, debiendo presentar la Certificación de Resolución Judicial.
Lugares para contraer matrimonio
Si desea casarse por la Iglesia, primero se debe realizar el matrimonio civil, ya que es un requisito vital para el matrimonio eclesiástico.
Alcaldía Municipal
El acto lo lleva a cabo un funcionario público. Dichas bodas pueden ser celebradas en un acto público o en oficinas. Este acto puede ser celebrado por el alcalde, el presidente del consejo metropolitano o sus concejales.
El matrimonio puede realizarse en las oficinas de la Alcaldía correspondiente o ante un notario. En este caso, el acto puede ser en el lugar que escojas.