Redacción. El Registro Nacional de las Personas (RNP), a través de sus plataformas digitales, reveló los pasos que se deben seguir para obtener el acta o certificado de defunción de un familiar en Honduras.
El acta o certificado de defunción es el documento que acredita legalmente el fallecimiento de un hondureño(a) en el territorio nacional. El término para realizar ese procedimiento es de tres meses.
La institución pública indicó que son cuatro los requisitos para llevar a cabo la inscripción de defunción.
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Requisitos
- Constancia de la defunción expedida por el centro de salud, clínica u hospital público o privado según sea el caso, la cual debe emitir la autoridad competente de la institución una vez ocurrido el caso.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identificación (DNI) del difunto o en su defecto una partida de nacimiento.
- Si no existiere el documento legal requerido que acredite la defunción para la inscripción, se debe presentar una declaración jurada autenticada y dos testigos los cuales brindarán la siguiente información:
a) Hora, día, mes, año y lugar del fallecimiento.
b) Nombre, apellido, sexo, edad, domicilio y nacionalidad del fallecido.
c) Nombre, domicilio, nacionalidad y profesión de los padres del fallecido, si ellos manejaran la información. Enfermedad o causa de la muerte, si fuese conocida. - Toda la información la presentará en la ventanilla de defunción del Registro Civil Municipal donde se le emitirá el acta de defunción en un plazo de 3 meses.
La defunción es la desaparición permanente de todo signo de vida en un momento cualquiera posterior al nacimiento vivo, según expertos.
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