Juramentan al nuevo Subprocurador General de la República

Dicha elección, ocurrió mediante una moción de elección presentada por el jefe de la bancada del Partido Liberal, Yuri Cristhian Sabas.

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nuevo Subprocurador
Este jueves fue juramentado el nuevo Subprocurador

TEGUCIGALPA. El presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, juramentó  al nuevo Subprocurador General de la República, abogado Ricardo Lara Watson.

Lara Watson sustituye en el cargo al también abogado Jorge Abilio Serrano. Este anterior fue electo como magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

En ese sentido, el nuevo Subprocurador General de la República fue electo en la sesión del pasado martes.

Dicha elección,  ocurrió mediante una moción de elección presentada por el jefe de la bancada del Partido Liberal, Yuri Cristhian Sabas.

Lara Watson completará el período constitucional para el cual había sido electo el abogado Jorge Abilio Serrano.

Sub Procurador de la Republica:

Según la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica:

Habrá un procurador general y sub. Procurador, que serán electos por el Congreso Nacional por un periodo de 6 años. Asimismo, no podrán ser reelectos para el período siguiente.

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También, para ser Procurador General de la Republica y Sub-Procurador, se requiere:

  • Ser hondureño por nacimiento.
  • Mayor de 25 años.
  • Ciudadano en el ejercicio de sus derechos.
  • De reconocida honradez y competencia.
  • Poseer él título de Abogado.

Además, el Procurador General de la República tendrá las mismas prerrogativas e inhabilidades establecidas por la Constitución para los Diputados.

Funciones:

De igual forma, las acciones civiles y criminales que resulten de las intervenciones fiscalizadoras de la Contraloría General de la República serán ejercidas por el Procurador General, con excepción de las correspondientes al Distrito Central y las Municipalidades, que quedarán a cargo de los funcionarios que las leyes respectivas indiquen.

En tal sentido, el Sub Procurador asistirá al Procurador General de la República en el cumplimiento de sus funciones.

De la misma manera,  lo sustituirá en los casos de ausencia, falta temporal, legítimo impedimento, y en otros.

Las funciones de la Procuraduría General de la República son autónomas.

Esto anterior, salvo en los casos que, conforme a la Ley, debe atender instrucciones especiales.

Asimismo, el presupuesto de la Procuraduría General de la República y sus dependencias figurara en una sección especial del Presupuesto General de la República.