TEGUCIGALPA, HONDURAS. El juez de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, Kevin Castel, accedió a la solicitud de la Fiscalía y decidió condicionar a Juan Orlando Hernández en el uso de pruebas.
Elinor L. Tarlow habría solicitado una orden de protección para 3,500 materiales que constituyen evidencia contra el expresidente. En ese sentido, la Fiscalía pretende que se restrinja la difusión de material producido de conformidad con la Ley Jencks y Giglio en relación con el juicio de JOH.
La nota refiere que el «material 3500» contendrá información confidencial y otras investigaciones delicadas que estarían en curso en Honduras y otros lugares. También actos de violencia y amenazas contra víctimas cuyas identidades no son públicas actualmente. Por ende, el Tribunal determinó que existe una buena causa para aceptar la solicitud.
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Condiciones
Parte del documento dice lo siguiente: «Por la presente se ordena que el acusado y su equipo de defensa, incluidos el Sr. Colón y los asistentes legales, los investigadores e intérpretes con base en los EEUU que trabajen para el acusado, no transportarán ni transmitirán ninguna información del material 3,500 fuera de los Estados Unidos».
Asimismo, sigue diciendo que la orden aplica para el acusado y su equipo de defensa. Piden que no muestren ni difundan ninguno de los materiales 3500 a nadie que no sea el acusado. Asistentes legales, investigadores e intérpretes con base en los EEUU que trabajan para el Sr. Colón, se ordena además que el acusado no poseerá ninguno de los materiales 3500, ya sea antes, durante o después del juicio. Excepto cuando revise el material 3,500 en presencia del Sr. Colón o asistentes legales, investigadores e intérpretes con sede en los EEUU para el señor Colón».
De igual manera, el documento señala que el acusado y su equipo de defensa deberán devolver o destruir todo el material al final del juicio, «cuando las apelaciones sean definitivas».
No obstante, se indica que el abogado defensor podría solicitar al Tribunal una autorización del Gobierno. Eso se plantea con el fin de proporcionar ciertos materiales específicos a las personas que tienen el acceso prohibido por esta orden. En ese sentido, el Tribunal tendría que determinar si ese acceso sería necesario para preparar la defensa del caso.