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martes, julio 16, 2024

Feriado Morazánico: ¿Cuántas personas podrán viajar por vehículo?

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TGUCIGALPA, HONDURAS. El Feriado Morazánico comenzará  el 4 de noviembre y se espera que miles de hondureños hagan turismo, sin embargo, solo cuatro personas se podrán trasladar en un vehículo.

Lo anterior lo advirtió el subcomisionado regional de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales de Honduras (COPECO), Rony Rodríguez.

De igual forma, detalló que la medida es para evitar la propagación de COVID-19. Cabe mencionar que el mortal virus ya ha dejado más de 2,600 muertos.

Explicó que «por lo general son núcleos familiares los que viajan, que comparten en su vivienda a veces sin mascarilla; son personas que mantienen contacto directo y no se les puede prohibir que viajen en un vehículo».

También, el funcionario, detalló que son al menos 1,836 puestos de control a nivel nacional los que estarán realizando operativos con más de 37 mil voluntarios. Los puntos de controles serán para dar seguridad a la ciudadanía que va a recorrer el país.

Según COPECO, son más de 800 mil hondureños los que se van a desplazar durante el Feriado Morazánico. Por su parte, Carlos Madero, jefe del gabinete de Gobierno advirtió que «estos deben viajar por separado, tampoco está permitido que los grupos se mezclen unos con otros, debido a que no se sabe qué tipo de cuidado han tenido contra el virus».

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Las fechas y disposiciones del Feriado Morazánico para la empresa privada

El Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP) se pronunció este viernes en relación al esperado Feriado Morazánico para los trabajadores del sector privado.

A través de un comunicado, el COHEP indicó que el asueto inicia el miércoles 4 de noviembre a las 12:00 del mediodía y finaliza el sábado 7 de noviembre a la misma hora.

Indicó que las empresas que tienen contratos colectivos vigentes deben cumplir con las disposiciones. Sin embargo, si las compañías ya otorgaron esos días feriados, entonces esta Semana Morazánica deberán trabajarla.

«Las empresas que actualmente se mantienen activas y que sus trabajadores laboran de manera presencial o a través del teletrabajo, deberán conceder el asueto que señala el Decreto Legislativo número 126-2020. Si la empresa requiere trabajar en estos días, deberán cumplir lo que establece el artículo 340 del Código de Trabajo, pagando el duplo del trabajo», aseguró el COHEP.


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