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sábado, abril 27, 2024

Dirigente: Un 60 % de las empresas no pagan el salario mínimo

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El dirigente obrero, José Luis Baquedano, mediante un medio de comunicación denunció que el 60 % de los empresarios no están cumpliendo con el pago del salario mínimo, estipulado en la Ley.

Baquedano señaló que los empleados están generando riquezas para los patronos, pero no se les está remunerando lo estipulado en la Ley del Salario Mínimo.

“Es una preocupación del sector laboral, que más del 60 % de los empresarios no están cumpliendo la ley a pesar de que ya se estableció la nueva estructura del reajuste al salario mínimo, son los empleados los que pagan las consecuencias”, comenzó diciendo para Radio América.

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JOSÉ LUIS BAQUEDANO
Baquedano pidió que se hagan inspecciones en las empresas.

El dirigente obrero aseguró que espera que la Secretaría de Trabajo tome cartas en el asunto y realice inspecciones, para que ratifique el respeto hacia los derechos de los trabajadores.

“Estamos preocupados por el cumplimiento de la Ley del Salario Mínimo, por ello pedimos a la Secretaría del Trabajo que haga inspecciones en todas las instituciones públicas y privadas donde tienen vigilantes y compañeras del área de limpieza, a quienes tampoco les pagan conforme a derecho”, finalizó diciendo.

Agregó que “los empresarios sí exigen que los trabajadores estén ocho horas productivas y más produciendo bienes generando riqueza para ellos, pero no cumplen con lo que establece la Ley del Salario Mínimo”.

Salario mínimo según la rama 

El pasado 8 de febrero, las autoridades aprobaron un incremento al salario mínimo generalizado del 9.80%.

El incremento para la rama de agricultura, selvicultura, caza y pesca será desde 725.99 hasta 899.75 lempiras.

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Asimismo, explicó que para quienes laboran en la construcción se les aumentará entre 1005.55 a 1368.72 lempiras. Esa misma cantidad será para la rama de comercio al por mayor y menor.

En cuanto al sector transporte, almacenamiento y comunicación, el reajuste es de 1014.70 a 1381.156 lempiras. Para los establecimientos financieros, bienes inmuebles y servicios prestados a las empresas, el incremento es de 1032 a 1406.05 lempiras.

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