TEGUCIGALPA, HONDURAS. La jueza hondureña, Karla Romero, quien además juramentó a Xiomara Castro como presidenta de la República el 27 de enero del 2023, fue destituida de su cargo este martes, informó el Poder Judicial.
A través del oficio número 2498-SCSJ-2023, se le informó a Karla Romero que con instrucciones de la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Rebeca Ráquel Obando, se le cancela el acuerdo de su nombramiento.
Romero hasta la fecha fungía como jueza en los Tribunales de Sentencia Sección Judicial de Tegucigalpa, Francisco Morazán.
Además, el documento menciona que, la cancelación del nombramiento de su cargo será «sin producir obligación o responsabilidad alguna para la institución, por incurrir en la causal de despido contenida en la Ley de la Carrera Judicial».
Por último, el documento destaca que va a surtir efectos en la misma fecha que se presenta y recibe.
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Causales para destituir un juez
De acuerdo al artículo 64 de la Ley de la Carrera Judicial, se le podrá despedir a uno de sus servidores por las siguientes causas:
- Incumplimiento o violación grave o reiterado de alguno de sus deberes, incompatibilidades y conductas establecidas en los capítulos X y XI de la misma ley.
- Por un auto de prisión decretado en su contra por un crimen o simple delito. Si la sentencia no se produjere dentro de los seis meses siguientes a la comisión de los hechos, el despido surtirá sus efectos de pleno derecho.
- Inhabilidad o ineficiencia manifiesta en el desempeño del cargo.
- Dejar de asistir al trabajo sin permiso y sin causa justificada, durante dos días hábiles completos y consecutivos; o durante tres días hábiles en el termino de un mes. Cerrar sin motivo legal o limitar indebidamente las horas de trabajo o de despacho al público. Las ausencias por días no completos podrán sumarse para completar periodos anteriores.
- Reincidencia en la comisión de una falta grave.
- Todo acto de violencia, injurias, calumnias, malos tratamientos en que incurra el servidor fuera del servicio en perjuicio de sus superiores, cuando los cometiese sin que hubiese procedidos provocación inmediata y suficiente del afectado.
La ley establece que el servidor judicial al que se le aplica la medida de despido, tendrá 10 días hábiles a partir de la notificación para acudir al Consejo de la Carrera Judicial.
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