Corte Suprema de Justicia conforma Consejo de la Carrera Judicial

Esta asumirá la función de auxiliar al Máximo Tribunal en lo referente a la política de Administración de personal, y de resolver, en su respectiva instancia.

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Consejo de la Carrera Judicial
Conforman Consejo de la Carrera Judicial.

TEGUCIGALPA.- La Corte Suprema de Justicia conformó en las últimas horas el Consejo de la Carrera Judicial en base a la Ley de la Carrera Judicial publicada en 1980.

Esta asumirá la función de auxiliar al Máximo Tribunal en lo referente a la política de Administración de personal, y de resolver, en su respectiva instancia. Así como los conflictos que se presenten como resultado dela aplicación de esta Ley y sus Reglamentos.

Dicho Consejo está integrado por cinco miembros propietarios y tres suplentes. La ley señala que dos de los propietarios serán magistrados de la Corte Suprema. La misma escogerá un magistrado de las Cortes de Apelaciones y Jueces de Letras.

En el caso de los suplentes serán de libre nombramiento de la Corte Suprema de Justicia.

Asimismo, se establece en la Ley que el magistrado de la CSJ de mayor antigüedad en el servicio judicial que fuere nombrado en dicho Consejo será su Presidente.

En respeto de esta normativa, el Consejo de la Carrera Judicial quedó conformado de la siguiente manera:

Integrantes propietarios:

1) Magistrado de CSJ Jorge Alberto Zelaya Zaldaña;

2) Magistrada de CSJ Rina Auxiliadora Alvarado Moreno;

3) Magistrada de Corte de Apelaciones Penal Erika Geraldina Dubón;

4) Juez de Letras de lo Contencioso Administrativo Cinthia Carolina Núñez;

5) Juez Letras delo Penal Martha Murillo.

Integrantes suplentes:

1) Magistrado de CSJ Miguel Alberto Pineda Valle;

2) Magistrada de CSJ Reyna Auxiliadora Hercules Rosa;

3) Juez Letras del Trabajo Suyapa Maria Matute.

La Ley de la Carrera Judicial señala que son atribuciones del Consejo de la Carrera Judicial elaborar y aprobar su Reglamento Interno. También recomendar a la Corte Suprema de Justicia la política que debe seguirse en materia de administración de personal.

Asimismo estudiar los problemas generales relacionados con el régimen de administración de personal y proponer a la dirección las recomendaciones que considere del caso para su solución. Como conocer y resolver de los problemas, conflictos y reclamaciones que se presenten en materia de Administración de personal. Y los que se susciten entre la dirección y el personal por consecuencia de la aplicación de esta Ley; entre otras.

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La Ley de la Carrera Judicial volvió a su vigencia ante la declaratoria de inconstitucionalidad de La Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. Según la norma vigente, el Consejo de la Carrera Judicial, dependerá de la Corte Suprema de Justicia y sus integrantes durarán tres años en sus funciones.

 

Comunicado íntegro:
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