Redacción. El Registro Nacional de las Personas (RNP) —a través de sus plataformas digitales— dio a conocer los requisitos que deben de seguir los hondureños para inscribir a un niño(a) recién nacido en Honduras.
Los padres de familia deben de cumplir con cinco requisitos para asentar a su hijo:
En primer lugar: tienen que presentar la constancia de nacimiento expedida por médico u hospital, partera o alcalde auxiliar. Pero también deben presentar el Documento Nacional de Identificación (DNI) de la partera si el menor nació en casa.
Segundo: presentar el documento de identificación de los padres que lo reconocen y si éstos fueran menores de edad tendrán que mostrar la certificación de acta de nacimiento.
Tercero: cuando no comparecen los padres, el compareciente deberá de ser un familiar cercano, quien deberá de presentar su DNI y la de los padres (como tercer requisito).
Cuarto: en el caso de que el padre, madre o el compareciente fuesen extranjeros están en la obligación de presentar el pasaporte o documento de identidad de su país.
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Inscripción de recién nacido
Quinto: los padres tienen un plazo de seis meses para asentar al recién nacido en el RNP. El trámite durante ese tiempo no tendrá ningún costo monetario.
Si el bebé nació en un hospital público, los padres pueden acudir a la ventanilla auxiliar habilitada por el RNP en el centro asistencial y llevar a cabo la inscripción.
El registro de nacimiento no sólo es un derecho fundamental, sino que también contribuye a garantizar que se respeten otros derechos de los niños. Entre ellos: el derecho a la protección contra la violencia, justicia, salud y educación.
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