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viernes, abril 26, 2024

Conozca las consideraciones del Tribunal sobre caso «Caja Chica de la Dama»

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. Luego del fallo condenatorio contra la ex primera dama Rosa Elena Bonilla de Lobo, el Tribunal de Sentencia en Materia de Corrupción mencionó algunas de las consideraciones señaladas sobre el caso «Caja Chica de la Dama».

La ex primera dama es responsable de tres delitos de apropiación indebida y ocho de fraude, no así de lavado de activos. A continuación se desglosan dichas consideraciones:

  • El Tribunal rechazó el argumento de ilegalidad del allanamiento a la casa de la ex primera dama, que alegó su defensa al señalar que este se extendió más allá de las 6:00 de la tarde. Por lo que el Tribunal indicó que el cateo inició en horas hábiles y que, al llegar la hora límite, pudo haber continuado para asegurar su objetivo. Se señaló, además, que los defensores de la familia siempre estuvieron presentes.
  • También se rechazó el argumento de la ilegalidad del allanamiento por la participación de agentes de la MACCIH, que planteaba la defensa. Por lo que el Tribunal estableció que esta participación se enmarca en el convenio de cooperación Fiscalía-MACCIH, pues estos solo eran observadores.
  • Al señalar que dicho allanamiento se realizó de forma legal, el tribunal reiteró que las pruebas obtenidas son legales.

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Hechos que el Tribunal afirma fueron probados en el juicio:

Entre los hechos del caso «Caja Chica de la Dama» que el Trinunal señaló que se pudo demostrar su veracidad, se encuentran los siguenites términos:

  • Rosa Elena Bonilla retiró L12 millones de una cuenta a nombre del Despacho de la Primera Dama y lo depositó en otra cuenta su nombre.
  • Sobre los representantes de un programa estatal de beneficencia. Se dijo que también se les acusó por este caso a Julio Galdámez y Saúl Escobar. Puesto que contrataron a supuestos zapateros para elaborar zapatos y después les entregaron cheques por 6 millones. Los contratados declararon como testigos protegidos y dijeron que cobraron los cheques y devolvieron el dinero. Por lo cual recibieron una pequeña comisión por hacer el cambio.
  • La ex primera dama pagó mensualidades de escuelas de sus hijos, facturas de joyas, cuentas de gastos médicos de su mamá y compra de muebles. Además, hizo inversiones en bienes raíces con dinero de la cuenta que abrió después de hacer el traslado de fondos.
  • Por otro lado, el secretario privado de la primera Dama, Saúl Escobar y Julio Galdámez se beneficiaron personalmente de los fondos retirados de la cuenta principal que abrió la ex primera dama.

Otros aspectos sobre los que decidió el Tribunal:

  • Se aceptó la teoría de la defensa, sobre que la ex primera dama no tenía la condición de funcionaria pública. Puesto que no tuvo nombramiento, un requisito que exige la ley penal para considerarla como tal. Por tanto, al no ser considerada funcionaria, no pudo cometer el delito de Malversación de caudales públicos.
  • También se determinó que los fondos en cuestión sí eran públicos. Puesto que el Despacho de la Primera Dama es una dependencia (de hecho y no de Derecho) de Casa Presidencial, que es de donde se nutre financieramente para su funcionamiento. Sin embargo, al no ser funcionaria, cometió entonces el delito de apropiación indebida, es decir, que por este delito sí la encontró responsable.
  • El tribunal también encontró a Rosa Elena Bonilla culpable de 8 delitos de fraude por considerar que colaboró con su asistente, Saúl Escobar, al emitir cheques para que este pagara a falsos zapateros.
  • Por otro lado, se le libró del delito de lavado de activos por existir una ley de 2014 que no establece que el delito de apropiación indebida, se exija como delito precedente al lavado de activos.

Cabe destacar que el tribunal anunció que la ex primera dama podría purgar una pena de entre 58 y 87 años de cárcel.

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