Cohep luchará para que RAP devuelva excedentes a trabajadores

0
1133
COHEP
Piden al Respetar el dinero de los cotizantes

TEGUCIGALPA. En relación al tema de los excedentes de los trabajadores en el  RAP el director Ejecutivo del Consejo Hondureño de la Empresa Privada, Armando Urtecho  aseguró que  “El Cohep va a luchar para que ese dinero se le devuelva a los trabajadores»

Urtecho, añadió que no es cierto que los empleados deben esperar a tener 65 años para que esos fondos les sean devueltos, y remarcó que la orden de parte de la Junta Directiva del Consejo Hondureño de la Empresa Privada es que  se les entregue de manera inmediata esos dividendos a los empleados.

Se detallo que ya meses atrás la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), creó un capital para el RAP  de 2, 400 millones de lempiras, y ese fondo   pertenece a los trabajadores y  por eso el Cohep exige que se le otorgue al empleado un certificado de participación individualizado, para que ese dinero llegue a las manos del que cotiza, explicó Urtecho.

Así mismo mediante un comunicado el COHEP dejo claro que ninguna empresa está obligada a enterar al RAP en forma retroactiva sobre las aportaciones correspondientes a la Cuenta de Capitalización Individual y Reserva Laboral.

Urtecho agregó  que lo anterior ya estaba definido con fecha establecida y lo acordado es que esas aportaciones debían   ser enteradas al RAP a partir del día 30 de agosto de 2016, plazo que se cumplió y ahora el periodo para enterar la información será a partir de septiembre.

El escrito de la Empresa Privada,  describe que :  Las Aportaciones que se deben enterar al RAP únicamente son: Cuenta Complementaria de Capitalización Individual del Régimen de Previsión Social, el cual de conformidad con el Acuerdo de Gradualidad STSS-390-2015 de fecha 10 de noviembre de 2015, es equivalente al 3.0% del excedente de L. 8,832.30, en donde el patrono aporta el 1.5% y el trabajador el otro 1.5%.

También se indica que la aportación patronal de la reserva laboral, la cual de conformidad al Acuerdo STSS-390-2015 es equivalente a una aportación del 0.66% del salario del trabajador hasta un techo máximo de L 26,646.90, que es equivalente a 3 salarios mínimos en su nivel más alto en el año 2015, tal como lo establece el artículo 30 de la Ley Marco del Sistema de Protección Social y que debe ser actualizado anualmente en base a la variación interanual en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Finalmente las autoridades del COHEP, reiteraron que los empleados deben hacer valer sus derechos e informarse para que puedan reclamar lo que en excedentes les corresponde.