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lunes, mayo 6, 2024

Auto de Apertura para 11 exdirectivos y exfuncionarios del INPREMA

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Tegucigalpa, Honduras. Las autoridades de la Fiscalía Especial para la Transparencia y Combate a la Corrupción Pública (FETCCOP) notificaron el Auto de Apertura a juicio en contra de 11 exdirectivos y exfuncionarios del Instituto de Previsión del Magisterio (INPREMA).

Cabe señalar que estos exmiembros del Comité Ejecutivo son: Pedro Arnaldo Pinto, Darío Roberto Cardona Valle José Alejandro Ventura. Asimismo, Oscar René Recarte, Saturnino Sánchez, Milton Daniel Bardales y Lorenzo Sauceda Cálix.

Además de los exintegrantes de la Junta Evaluadora del Proyecto: René Elizabeth GutiérrezÁngel Moisés Perdomo Laínez, Mario Alberto Batres y Oscar Nahun Rubí Flores.

Estos son acusados por irregularidades en un contrato de licitación del proyecto de pavimentación de la colonia capitalina La Cañada. A todos los imputados se les notificó el pasado mes de enero de la resolución de la Corte de Apelaciones de Francisco Morazán.

Misma que fue emitida el 17 de julio del 2017. Cabe añadir que esta declara “con lugar” un recurso de apelación del Ministerio Público. Lo anterior, revoca los sobreseimientos provisionales emitidos a su favor en primera instancia.

También se dicta Auto de Formal Procesamiento contra todos los involucrados.

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Por diversos delitos les fue aplicada esta medida

Los exdirectivos y exfuncionarios del IMPREMA fueron requeridos penalmente por diversos delitos. Entre ellos, abuso de autoridad, fraude y malversación de caudales públicos.

Según informe, dichos delitos les fueron requeridos luego que las investigaciones de la FETCCOP determinaran que en el año 2008 se emitió irregularmente un decreto de emergencia.

Mismas que autorizaban la contratación directa de la empresa PRODINCO para cementar las calles de colonia La Cañada. El reporte también detalla que cuyo monto total ascendió a más de 23 millones de lempiras. Este monto se dio en diferentes etapas del proceso, según informe.

Cabe añadir que esto es considerado como una serie de anomalías que contravienen la Ley de Contratación del Estado. Y en lo referente a las disposiciones generales de presupuesto y de carácter financiero.

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