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domingo, mayo 19, 2024

Apelarán resolución que dejó en libertad a sospechosos de matar a mujer en Copán

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Redacción. La Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida (FEDCV), de Santa Rosa de Copán, informó este jueves que apelará la resolución de un juez que dejó en libertad a dos sospechosos de asesinar a Ruyth Sarahí Zepeda.

El asesinato ocurrió en el barrio Dolores y causó interés nacional, ya que quedó registrado en una cámara de seguridad de la zona.

 

Apelarán resolución que dejó en libertad a 2 sospechosos de asesinar una mujer en Copán
Los imputados son Melvin Jesús Izaguirre Escobar y Julio César López Mejía. 

Ambos sujetos están acusados por el delito de asesinato en perjuicio de la fémina, hecho que ocurrió el pasado 3 de enero.

La FEDCV solicitó la modificación del delito de homicidio a asesinato. Además, propuso siete medios de prueba, incluidos el dictamen preliminar de autopsia de la víctima.

El ente acusador también presentó el peritaje del video grabado por una cámara de seguridad. Asimismo, dictámenes balísticos de las armas, los cuales dieron positivo con una de las armas decomisadas en el vehículo de los imputados y dos testigos que fueron contundentes en reconocer e identificar a los sospechosos.

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Pese a pruebas quedan en libertad 

Sin embargo, en la audiencia inicial el juez competente dedujo que no hubo
resultado positivo en las armas.

Agregó que los casquillos no coinciden, lo cual, según la investigación criminal y científica llevada a cabo, no es así porque los fiscales responsables de impulsar el caso aseguran que todos los indicios salieron positivos.

Además, según el juez competente, la prueba del video no es contundente, ya que no se observa bien quién dispara contra la ciudadana.

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Por ende, decretó un auto de formal procesamiento por el delito de portación ¡legal de armas y sobreseimiento provisional por el delito de asesinato.

Ante este fallo, la Fiscalía Regional de Occidente presentará recurso de apelación debido a que, según el criterio de los fiscales, existe prueba vinculante para dictar el auto de formal procesamiento.

Considerando, además, que el artículo 245 del Código Procesal Penal establece que en la audiencia inicial solo se propondrá el peritaje y si se necesita aclarar algo al respecto del informe, puede citarse al perito para ratificar, completarlo personalmente o por escrito.

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