Suman otro recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 184 del CPP

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recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 184
Abel Orellana, togado que presentó el nuevo recurso.

TEGUCIGALPA, HONDURAS. Suman un nuevo recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 184 del Código Procesal Penal que fue interpuesto por el abogado Abel Orellana.

“Yo he considerado y pretendo unirme a varios colegas porque sí ha dolido este tipo de reformas, que el congreso ha hecho», manifestó el abogado Orellana.

El profesional del derecho señaló que este artículo perjudica el derecho de defenderse en libertad. Asimismo, expresó que están convencidos de que este artículo lesiona los derechos de «nuestros representados».

Por otra parte, reveló que es el apoderado legal de tres imputados y por consiguiente se ve afectado por este tipo de reformas.

  • Astrid Alicia Alemán Pérez, madrastra acusada de matar a una menor de tres años.
  • También defiende a Henry Javier Hernández, acusado en el caso de Berta Cáceres
  • Francisco Javier Zúniga por actos de lujuria agravados.

El abogado penalista aseguró que «no le puede ordenar el Congreso Nacional al Poder Judicial qué es lo que tiene que hacer en cuanto a estos procedimientos porque a su consideración esto violenta los artículos constitucionales tanto artículos de la constitución, como tratados internacionales de los que Honduras es dignatario».

Es por ello que espera que la Corte Suprema de Justicia y la segunda Sala de lo Constitucional declaren sin lugar esta reforma. De esa forma volverá a su origen de cómo estaba anteriormente este artículo.

Enlace relacionado: Marlon Duarte: “Artículo 184 es inconstitucional por ser atentatorio contra DD.HH”

Abogada también interpuso un recurso contra el artículo del CPP

La abogada Aylin Pérez presentó el pasado jueves 25 de julio un recurso de inconstitucionalidad contra del artículo 184 del Código Procesal Penal. La togada es la representante de la denominada Asociación de Apoyos Familiares de Privados de Libertad.

“Se debe de derogar del artículo 184 el último párrafo en donde enfatiza que los 21 delitos ameritan la prisión preventiva. Si se derogara una parte del artículo 184 tiene que ser en su totalidad porque todos somos iguales ante la ley”, declaró Pérez.

Del mismo modo, detalló que algunas personas procesadas en el país se deben defender en libertad. Por ello, dicho artículo violenta la Constitución de la República y los tratados internacionales.

Asimismo, con la declaratoria de inconstitucionalidad se descongestionarían los centros carcelarios del país, concuerdan abogados.

Cabe recordar que al menos ocho recursos de inconstitucionalidad se han presentado contra el artículo 184 en el Poder Judicial; los cuales fueron interpuestos por la defensa de acusados en el caso “Pandora” por el delito de lavado de activos.

Antecedentes

En 2014, el Congreso Nacional (CN) aprobó en un sólo debate la reforma por adición del Código Procesal Penal. Lo anterior, se hizo específicamente en su artículo 184 sobre la prisión preventiva. Con dicha reforma se restringió la aplicación de medidas sustitutivas de prisión a unos 19 delitos de gran impacto social.

Entre esos delitos están: homicidios, femicidios, asesinatos, parricidio y violación. También, trata de personas, pornografía infantil, y secuestro. Así como también falsificación de monedas y billetes de banco, magnicidio de jefes de Estado o de gobierno y genocidio.

Igualmente, para los delitos de asociación ilícita, delitos relacionados con armas de guerra, terrorismo y contrabando. Además de defraudación fiscal, delitos relacionados con el tráfico de drogas, estupefacientes, lavados de activos y prevaricato.