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domingo 7 diciembre 2025

Choluteca: detienen a comerciante por haber violado de una mujer hace 23 años

Redacción. Agentes de la Dirección Policial de Investigaciones (DPI) detuvieron en la ciudad de Choluteca a un comerciante que evadió la justicia durante más de 23 años por el delito de violación.

El detenido, de 49 años, es originario y residente del barrio La Cruz, en el mismo municipio donde fue capturado.

El expediente judicial indica que el imputado evadía la justicia desde el año 2002 y viajó al sur del país para eludir a las autoridades. Se le presume responsable de abusar sexualmente de una mujer, hechos que ocurrieron en Tegucigalpa, capital hondureña.

Expediente

Los agentes ejecutaron una orden de captura pendiente, emitida por el Juzgado de Letras Primero de lo Criminal de Tegucigalpa el 17 de julio de 2002, por el delito de violación en perjuicio de una mujer.

La DPI logró la operación gracias al eficaz trabajo de ubicación e inteligencia, trasladándose hasta Choluteca para asegurar la captura.

Una vez detenido, le informaron sus derechos y lo trasladaron a los juzgados correspondientes que lo solicitaron para continuar con el proceso que establece la Ley.

El hombre había evadido la justicia desde hace 23 años.

Delito de violación

El delito de violación se encuentra tipificado en el Código Penal de Honduras y se castiga con penas de reclusión que varían significativamente según concurran agravantes, especialmente si la víctima es menor de edad o se encuentra en estado de incapacidad.

1. Violación 

La pena de reclusión para el delito de violación (acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal mediante violencia o amenaza grave) se establece generalmente en un rango de diez (10) a quince (15) años.

2. Violación agravada 

Las penas se incrementan considerablemente cuando la víctima es una persona especialmente vulnerable, tal como se establece en el Código Penal:

Víctima menor de quince (15) años o en estado de enajenación mental, inconsciencia o incapacidad para resistir: pena de catorce (14) a veinte (20) años de prisión.

Las penas pueden aumentar adicionalmente si concurren otras circunstancias agravantes, como:

  • Que el culpable sea pariente de la víctima, su tutor, encargado de su educación o cualquier persona que se aproveche de una relación de superioridad.

  • Que el culpable se valga de ser funcionario o autoridad pública.

  • Que, a consecuencia de la violación, la víctima sufra lesiones graves o la muerte.

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