Sigue vigente art. 335-B que atenta contra libertad de expresión

El diputado y jefe de bancada del Partido Nacional, Mario Pérez, informó la noche de ayer que el artículo 335-B sigue vigente en el actual código penal

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Tegucigalpa, Honduras. En una reunión celebrada ayer en el pleno del Congreso Nacional, el presidente de la bancada del Partido Nacional, Mario Pérez, manifestó que el artículo 335-B conocido como “Ley Mordaza” aún sigue vigente.

Cabe recordar que en el marco de la celebración del Día del Periodista Hondureño celebrado el pasado 25 de mayo, el presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, anunció que el artículo 335-B que coarta la libertad de expresión, quedó derogado en el nuevo Código Penal.

Sin embargo, Pérez informó ayer que el polémico enunciado continúa en vigencia y que se reflejará su derogación en el nuevo Código Penal.

“Hay un error en la lectura y es lo que se quiere enmendar, pero como ya estaba aprobada y ratificada el acta no se podía poner en discusión. Hoy sí se va a poder poner el error nuevamente en discusión”, agregó.

El diputado oficialista utilizó esta realidad como ejemplo para justificar una reforma al Artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Lo anterior, para permitir al pleno aprobar y modificar decretos ya aprobados, antes de que se envíen a sanción y publicación al Diario La Gaceta.

Pérez dice que en el artículo 335-B, «se citó un decreto que no es el corresponde al artículo señalado. Por lo que si lee literalmente como se envió no va a surtir ningún efecto”.

“No se va a derogar nada. Se tienen que arreglar antes de enviarlo a Juan Orlando Hernández”, argumentó.

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«Mala redacción», explica diputado de Libre

Por su parte, Francisco Paz, actual diputado del CN por la bancada de Libre, dijo que «según lo informó Pérez hubo una mala redacción a la hora de aprobar el decreto. Por lo tanto hay que hacer las correcciones correspondientes».

Paz asegura que precisamente con esa intención se aprobó ayer reformar la Ley Orgánica.

De igual manera, indicó que es el pleno del CN quien lleve a cabo cualquier reforma. Asimismo cuaquier cambio a un artículo que se ha aprobado.

El parlamentario de Libre expresó: «A la hora de la redacción no quedó tal como se había acordado para derogarlo. Ahí es problema en su redacción donde no manifestaba que quedaba totalmente derogado».

El decreto era atentado en contra de la ley a emisión del pensamiento. «Yo creo que no puede existir ese tipo de leyes o penalidades para los medios. En una verdadera democracia debe haber libertad en todos los medios de comunicación», concluyó Paz.

Artículo 335-B

En el artículo 335-B del Código Penal se establece textualmente que incurre en apología del odio e incitación de actos de terrorismo:

  • Quien “públicamente o través de medios de comunicación o difusión destinados al público hiciere apología, enaltecimiento o justificación del terrorismo o de quienes hayan participado en su ejecución, o incitare a otro u otros a cometer terrorismo o financiamiento de éste, será sancionado con pena de cuatro a ocho años de prisión”.

El artículo 335-B del Código Penal entró en vigencia mediante el Decreto Legislativo número 6-2017, emitido y publicado en el diario oficial “La Gaceta” número 34, 276, el veintisiete (27) de febrero de 2017. No obstante a inicios de junio el Pleno del Congreso Nacional determinó eliminar dicho artículo.