REDACCIÓN. El Ministerio Público (MP), a través de la Fiscalía Local de La Esperanza, Intibucá, obtuvo un fallo condenatorio en contra de José Marino Aguilar, encontrado culpable de maltrato animal agravado, al dispararle a un perro sin que este lo estuviera atacando.
Los hechos ocurrieron el viernes 20 de agosto del 2022, en el barrio San Francisco de Yamaranguila, Intibucá. El ahora imputado llegó a la vivienda donde se encontraba el canino. Le disparó en una de sus extremidades, esto de acuerdo a las investigaciones por enemistad con la propietaria del perro.
Al escuchar la detonación y que el perro aullaba, la propietaria salió de su casa y observó al ahora sentenciado. Ella interpuso la denuncia correspondiente.
Habiéndose realizado la investigación del caso, el Ministerio Público (MP), presentó requerimiento fiscal y siguió el proceso penal en contra de José Marino Aguilar.
Aguilar fue declarado culpable de maltrato animal agravado. Solo queda pendiente la audiencia de individualización de pena señalada para el 27 de enero del presente año. Allí se definirá la pena a imponer en su contra por el delito cometido.
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En Honduras, el maltrato animal está tipificado en el Código Penal, especialmente en el Artículo 332-A, que establece las sanciones por el maltrato y crueldad hacia los animales.
- Maltrato animal común: Se castiga con penas de prisión de 1 a 3 años para quienes inflijan daño físico o psicológico a un animal.
- Maltrato animal agravado: Si el maltrato animal es particularmente cruel, con el uso de armas, o si provoca la muerte del animal, la pena puede ser más severa. En estos casos, la sanción puede ser de 3 a 5 años de prisión.
- Multas y compensaciones: Además de la pena de prisión, el tribunal puede imponer multas o la obligación de indemnizar a las víctimas, en caso de que los animales maltratados sean de propiedad de alguien.