SAR vuelve a la carga y apunta a cobrar el ISV al comercio electrónico

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SAR comercio electrónico
"Quienes practican el comercio electrónico cobran el ISV y se lo están quedando", dijo la titular del SAR.

TEGUCIGALPA, HONDURAS. Nuevamente, autoridades del Servicio Administrador de Rentas (SAR) vuelven a la carga con el objetivo de gravar, en este 2021, el comercio electrónico en Honduras.

Ayer domingo, la directora de esa institución, Miriam Guzmán, insistió que es necesario regular el comercio electrónico, porque hay quienes lo utilizan para evadir el pago de obligaciones tributarias en el país.

Por lo cual, la funcionaria del SAR explicó que no es que simplemente se quiera gravar el comercio electrónico, sino que, por el contrario, lo que se busca es aplicar la ley.

«No es un forma de comercio que la ley de manera expresa dice que está exonerada o exenta», señaló.

De igual forma, aseguró que “todos aquellos bienes y servicios que la ley, de manera expresa dice que les toca el 15 por ciento del Impuesto Sobre la Venta (ISV), pues debe de recaudarse”.

En virtud de lo anterior, Guzmán dijo que, quienes practican el comercio electrónico cobran el ISV y se lo están quedando. “Eso es incorrecto, aclaro que tampoco es que se está creando un nuevo impuesto”, argumentó.

Asimismo, aclaró que no se refiere a quienes venden tortillas o bananos en redes sociales, porque la misma ley establece que no es gente que esté dentro del radar de la administración tributaria.

“Ellas son personas que realizan una actividad económica de subsistencia. Nosotros a quienes buscamos es aquellos que defraudan significativamente el fisco y le causan grandes perjuicios a la economía”, finalizó la funcionaria.

Nota relacionada: Honduras: en vigencia leyque permite comercio electrónico y teletrabajo

SAR anuncia variación: conozca quiénes estarán exentos de pagar el ISR

Recientemente, el SAR reveló que quienes gocen de un salario anual menor a poco más de 172 mil lempiras, quedarán exentos de pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) en 2021.

De manera específica, gozarán del beneficio todos aquellos cuyo ingreso está por debajo de los 172,117.89 lempiras. Aunque, ese valor no incluye los L40 mil que el fisco acepta por gastos educativos y médicos. En otras palabras, no pagarán ISR quienes ganan menos de 17,676.49 lempiras cada mes.


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