TEGUCIGALPA, HONDURAS. El Tribunal Superior de Cuentas (TSC) sancionará a los usuarios que utilicen de forma indebida un vehículo del Estado en días y horarios no permitidos en Semana Santa.
El anuncio se basa en la Constitución de la República y en las leyes que prohíben lo siguiente:
- El uso de vehículos propiedad del Estado en días y horas inhábiles.
- Que se utilicen las unidades en labores ajenas a las funciones que desempeña.
- Trasladar a funcionarios y empleados públicos y sus familiares a sus casas de habitación o lugares donde realicen gestiones particulares.
- Circular sin placas o con los emblemas en las puertas laterales con la leyenda “Propiedad del Estado de Honduras”.
El usuario que llegue a incumplir esta medida tendrá una penalización de entre 5 mil a 50 mil lempiras, según lo indica el artículo 75 de la Ley Orgánica del TSC en la circular 003-2021-DFBN-Presidencia-TSC vigente. Esta cláusula va dirigida para todo funcionario o empleado del sector público, incluidas las municipalidades.
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Excepciones
Por otro lado, la medida exceptúan a los vehículos propiedad del Estado que circulan por servicios públicos, emergencias, Seguridad, Defensa y Salud. Sin embargo, todos deben estar autorizados por la Comisión Nacional de Prevención en Movilizaciones Masivas (Conapremm), quien deberá notificar al TSC el listado de los vehículos oficiales que participarán en los operativos y los permisos de circular en días y horas inhábiles.
También, se excluyen a los titulares de las dependencias en casos debidamente justificados, detallando duración de la actividad a efectuar y la Orden de Trabajo.
Mientras tanto, en las Municipalidades el permiso lo podrá emitir el alcalde o alcaldesa.
Esta Semana Santa arranca el 2 de abril con el Domingo de Ramos y termina con el Domingo de Resurrección, 9 de abril.