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viernes, abril 19, 2024

Rolando Argueta reitera que la MACCIH y UFECIC son constitucionales

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TEGUCIGALPA. El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Rolando Argueta, aclaró que la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH) y la Unidad Fiscal Especial Contra la Impunidad de la Corrupción (UFECIC) son constitucionales y explicó tres puntos importantes sobre el fallo.

Luego de la resolución de la Sala de lo Constitucional sobre el convenio de la MACCIH, Argueta se pronunció. «Bajo principio del derecho a la crítica de resoluciones judiciales estamos abiertos», aclaró el funcionario.

Asimismo, manifestó que estaban dispuestos a recibir cualquier crítica de una persona natural. De la misma manera, de entes como el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) o de la misma MACCIH.

Posteriormente, Argueta explicó el segundo punto asegurando que de la sentencia rescata tres elementos principales:

  1. La MACCIH es constitucional. La sala declaró tajantemente que no lesiona o infringe normativas contenidas en la Constitución de la República.
  2. UFECIC es constitucional «al tenor de la consecuencia de su creación del convenio entre Honduras y la Organización de Estados Americanos (OEA)».
  3. “Lo que la sala ha hecho a mi juicio es la ratificación en el cumplimiento de las normativas contenidas en la Constitución”, dijo.

En ese sentido, Argueta agregó que se hace énfasis en el principio universal de la independencia judicial. “Yo rescato en resumen la constitucionalidad de la MACCIH, la constitucionalidad de la UFECIC y la ratificación de la independencia judicial”, puntualizó.

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Según el presidente de la CSJ, el único facultado para el ejercicio del principio de la acción penal pública es el propio Ministerio Público “Yo creo que la UFECIC continúa siendo parte del Ministerio Publico”, aclaró.

Por su parte, reiteró que se debe referenciar el privilegio de la independencia funcional del MP regulada en la Constitución.

Sobre el artículo 335-B que restringe la libertad de expresión

Argueta informó que el pleno de magistrados se reunió ayer en horas de la mañana y emitió su opinión definitiva en el marco del 219 de la Constitución. El pleno decidió por unanimidad que el 335-B lesiona o perjudica el artículo 72.

Entre otros también el artículo 13 de la Convención Americana de los Derechos Humanos o pacto de San José. En consecuencia, la recomendación es que debería derogarse y privilegiarse el derecho humano de libertad de expresión.

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