TEGUCIGALPA. Familiares de reos que se encuentran en La Penitenciaria “El Pozo”, en Ilama, Santa Bárbara, deben cumplir con estrictos requisitos para visitar a sus parientes.
Conozca cuales son los requisitos que se exigen para poder ingresar a este centro penitenciario.
Entro ellos, deberá portar su carné extendido por el Instituto Nacional Penitenciario (INP).
Para poder ingresar al registro de visitantes y obtener el carné, la persona debe cumplir con algunos requisitos.
Debe presentar la copia de la tarjeta de identidad o pasaporte en caso de ser extranjero.
De igual forma se le solicita la constancia de vecindad del municipio donde reside.
Junto a ello, la persona también debe presentar la constancia de antecedentes penales vigente.
También debe portar la constancia de antecedes policiales vigente.Igualmente, se le solicita al visitante tres fotografías tamaño carné.
Y si es pariente del reo, debe presentar la certificación donde se indique el parentesco con la persona que se va a visitar.
Además, según el control de ingreso, debe llevar la certificación de matrimonio en el caso de ser cónyuge (pareja) de quien visita o declaración jurada debidamente autenticada por notario, cuando se trate de unión libre.
Asimismo, deberá declarar el nombre de la persona privada de libertad a visitar.
En caso de los niños (as) deben presentar certificación de nacimiento o pasaporte.
Luego de presentar los papeles, esa documentación es sometida a un proceso de evaluación e investigación y al comprobar su veracidad las autoridades de trabajo social y el INP, emiten el carné.
Una vez que la persona está autorizada a ingresar a la penitenciaria de “El Pozo”, deberá someterse a las reglas establecidas en la Ley.
Prohibiciones para las visitas
1.- Ingresar con alhajas o joyas.
2.- Vestir camisas color anaranjada, verde o gris.
3.- Ingresar con zapatos tipo plataforma
4.- Portar armas u objetos prohibidos por la Ley.
5.- Ingresar con lentes oscuros, con gorras o sombreros, pelucas, máscaras o disfraces.
6.- Presentarse en estado de ebriedad
7.- Ingresar cualquier clase de arma.
8.- introducir al Establecimiento Penitenciario bebidas energizantes, embriagantes, drogas o estupefacientes.
9.- Llevar medicamentos no autorizados por el personal médico del establecimiento.
10.- Llevar objetos de valor destinados a las personas internas como joyas y dinero.
11.- Ingresar material pornográfico y otros que inciten a la violencia o que sean contrarios a la moral y a las buenas costumbres.