26.6 C
San Pedro Sula
sábado, abril 20, 2024

Reformas al RNP incluye la compra millonaria y directa de software

Debes leer

TEGUCICALPA, HONDURAS. Ayer se aprobó en el Congreso Nacional (CN) la reforma a varios artículos enmarcados en la Ley del Registro Nacional de las Personas (RNP).

Según dieron a conocer autoridades de ese poder del Estado, con ello se busca garantizar la transparencia y credibilidad en los procesos electorales del país.  El proyecto de decreto está encaminado a reformas los artículos 43,53, 68, 111, 112 y 125 de la Ley de RNP.

Es de recordar que días atrás, la Junta Interventora del RNP comunicó que realizarían una millonaria inversión en la compra de un software para el establecimiento de una base de datos que ayudarán al censo de todos los hondureños de cara a las próximas elecciones generales del país.

Lea también: RNP: Hasta L30 mil pagarán hondureños por no reportar muerte de familiares

Reacciones 

El diputado proyectista del partido Libertad y Refundación (Libre), Jorge Cálix  renfatizó que «es urgente que le demos al RNP, y a la Junta Interventora las herramientas necesarias para que echen andar el proceso de identificación”.

Asimismo, solicitó hacer todos los pasos necesarios para tecnificar el RNP; sobre todo, para que procedan a levantar el nuevo Censo Nacional Electoral (CNE).

Así también, el vicepresidente del CN, Antonio Rivera Callejas, es de la opinión que dicha ley es importante para continuar con las reformas electorales, «con ella evitaremos cualquier tipo de excusas de que votan muertos o identidades falsas, agregó.

Mientras que el presidente de la Cámara Legislativa, Mauricio Oliva, estimó que «las reformas al RNP serán el primer paso para comenzar el proceso de identificación nacional».

Reformas aprobadas: 

1.- Los nacimientos ocurridos en el territorio nacional tendrán un plazo de seis (06) meses para ser registrados en el registro civil. En la actualidad, es de un (1) año.

2.-La notificación de la defunción de una persona ante el Registrador Civil será de tres (3) meses después de la muerte. En la actualidad es de seis (6) meses.

3.- Se ordena a la Junta Interventora del RNP se comience con la implementación del Sistema de Identificación Nacional (SIN), para la depuración y actualización técnica y permanente de las bases de datos del registro civil e identificación

4.-Se aprueba la adquisición de software, hardware y servicios conexos, de acuerdo a la Ley de Contratación de Estado, que brinde las garantías necesarias de seguridad nacional, tecnificación especializada y rapidez.

5.- Se crea la Unidad Administradora del Proyecto (UAP) del SIN por un periodo de 5 años para la administración y ejecución del mismo, la cual estará adscrita y será nombrada por el órgano de máxima autoridad del Registro Nacional de las Personas, pudiendo prorrogarse por un periodo igual.

Estás a un paso de recibir nuestro PDF Gratis

Última Hora

Hoy en Cronómetro

error: Contenido Protegido