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jueves, abril 18, 2024

RAP aprueba medidas de alivio para afiliados y empresas

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. El Régimen de Aportaciones Privadas (RAP), determinó aprobar la devolución total de los excedentes en forma inmediata a los afiliados de dicha institución que acrediten la terminación de la relación laboral con sus patronos.

A través de un comunicado que difundió ayer, el RAP expuso que dicha medida estará vigente hasta 90 días calendarios después de finalizar el toque de queda absoluto impuesto por el gobierno.

Se debe precisar que el RAP adoptó dicha medida debido a la emergencia sanitaria generada por el COVID-19. El objetivo es reactivar la economía nacional.

En su documento, dicha institución también anunció la aprobación de la suspensión temporal del recaudo de los aportes voluntarios de afiliados individuales al Fondo de Vivienda e Inclusión Financiera (FOVIIF).

Lo anterior, según el RAP, representará a la economía del país más de L. 24 millones. Asimismo, indicó que las aportaciones voluntarias se reactivarán el primer día posterior a los 30 días hábiles calendarios.

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Préstamos hipotecarios

Respecto a préstamos hipotecarios, el RAP aprobó una prórroga del pago de cuotas de créditos hipotecarios a largo plazo re-descontados a través de los intermediarios financieros. Igualmente amplió cada crédito por un periodo de tres meses y trasladó el pago de las cuotas de marzo, abril y mayo de 2020, al final del plazo de cada préstamo vigente.

Cabe señalar que dichas disposiciones deberán comunicarse a los intermediarios financieros y aplicarse de manera inmediata.

Los afiliados que no deseen acogerse a esa disposición adoptada podrán continuar realizando sus pagos de forma regular. Eso, el intermediario financiero deberá enterarlo al RAP.

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Préstamos Rapi-fácil

En relación a los prestamos Rapi-fácil, el RAP aprobó una prórroga de pago de las cuotas de los préstamos de corto plazo, préstamos Rapi-fácil sobre las garantías sobre las aportaciones. Dichos créditos también los ampliaron por un periodo de tres meses. Es decir,  trasladan las cuotas correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de 2020, al final del plazo de cada préstamo vigente.

Dicha disposición deberá ser aplicada de forma inmediata. Las empresas deberán comunicarlo al RAP a efecto de que dicho beneficio se traslade al afiliado.

De igual forma, los afiliados que no deseen acogerse a la disposición adoptada podrán continuar realizando sus pagos de forma regular.

Los patronos que deducieron del salario mensual de sus empleados las cuotas de prestaciones personales con el RAP durante febrero y marzo deberán realizar el pago respectivo a favor de dicha institución en la fecha establecida para este fin.

Según el RAP, dichas medidas las adoptaron en beneficio de los trabajadores y empresas aportantes para aliviar la disponibilidad de efectivo de los afiliados.

COMUNICADO ÍNTEGRO EMITIDO POR EL RAP

RAP

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