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sábado, abril 20, 2024

Pleno de diputados ratifica reformas constitucionales-electorales

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TEGUCIGALPA-HONDURAS. En sesión ordinaria, el pleno diputados del Congreso Nacional ratificó la tarde-noche de este martes las reformas electorales aprobadas la semana anterior, y ya publicadas por ese Poder del Estado en el diario oficial “La Gaceta”.

La ratificación de dichas reformas se logró con 112 votos a favor, 4 en contra, y una abstención de 127 diputados presentes en la sesión.

Reformas electorales

Asimismo, se ratificó constitucionalmente el decreto 200-2018 del 24 de enero de 2019. Cabe señalar que esa es la fecha del día que cerró la legislatura anterior.

Según se conoció, el decreto que contiene las reformas electorales se publicaron en La Gaceta la noche de ayer lunes.

Es preciso recordar que el  pasado jueves la Cámara Legislativa aprobó las reformas constitucionales- electorales. Mediante esas reformas se disuelve el actual Tribunal Suprema Electoral (TSE). Y se transforma la estructura organizativa del Registro Nacional de las Personas (RNP). Lo anterior, da vida a nuevas instituciones como el Consejo Nacional y el Tribunal de Justicia Electoral.

Dicho decreto contiene dos artículos, y se reforman varios artículos de la Constitución de la República.

En ese sentido, el paquete de reformas estará disponible a la población a partir de este martes.

Matricidio Oliva, presidente del CN dijo que quedan pendientes algunas reformas electorales que deberán ser consensuadas entre las fuerzas políticas.

Nota relacionada: No es suficiente cambiar nombres a organismos electorales: Igor Garafulic

Reformas aprobadas:

El Registro Nacional de las Personas (RNP) se encargará de la depuración de los ciudadanos que hayan obtenido dicho Documento de Identificación. Así como de las defunciones ocurridas e inscritas en sus registros, para la elaboración del Censo Nacional Electoral.

El RNP será administrado por una Comisión Permanente. La que estará integrada por tres Comisionados propietarios y dos suplentes. Estos ejercerán sus cargos por un periodo de cinco (5) años, pudiendo ser reelectos.

Se crea el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal de Justicia Electoral, sustituyendo al Tribunal Supremo Electoral (TSE)

Los actos y procedimientos administrativos, técnicos y de logística corresponderán al Consejo Nacional Electoral.

Los actos y procedimientos jurisdiccionales en materia electoral corresponderán de manera exclusiva al Tribunal de Justicia Electoral con jurisdicción y competencia fijada por la Ley.

El Consejo Nacional Electoral está integrado por tres (3) consejeros propietarios y un (1) consejero suplente, electos por un período de cinco (5) años, pudiendo ser reelegidos.

El Tribunal Justicia Electoral está integrado por tres (3) magistrados propietarios y dos (2) suplentes, serán electos por un período de cinco (5) años, pudiendo ser reelectos.

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