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domingo, diciembre 22, 2024

Placas terminadas en 6 y 7 pagan matrícula vehicular en octubre

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Redacción. Este mes de octubre, las autoridades del Instituto de la Propiedad (IP) recordaron a los usuarios de vehículos que deberán efectuar el pago de la Tasa Única Anual Vehicular con terminación 6 y 7.

La Tasa Única Anual Vehicular la debe pagar el propietario de todo vehículo que circula en el país, con excepción del cuerpo diplomático. También están eximidos de esta medida los vehículos consulares y misiones internacionales.

Octubre mes de 6 y 7 para pagar la matrícula vehicular
El plazo para el pago de la tasa única anual vehicular para el año 2024 se extiende desde julio hasta diciembre.

Los pagos se podrán realizar en cualquier agencia bancaria y el usuario puede consultar el monto a pagar en www.ip.gob.hn. Luego deberán tocar el botón: Consulta de tasa vehicular.

Además, para realizar el pago, el interesado solo debe proporcionar el número de placa al cajero del banco, efectuar el pago indicado y exigir el comprobante firmado y sellado por el personal bancario.

Los usuarios deberán de verificar que el número de placa coincida con las características físicas de su vehículo.

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En caso de que los propietarios no efectúen el pago en el tiempo correspondiente, deberán de pagar una multa de 500 por el primer mes de retraso, y 250 lempiras adicionales por cada mes posterior sin pagar.

Calendarización de la Tasa Única Anual Vehicular

Los pagos correspondientes de la Tasa Única Anual Vehicular iniciaron en el mes de julio del presente año, con los vehículos con placas que terminan en 0 y 1. Pare el mes de agosto, le tocó pagar a los propietarios con terminaciones son 2 y 3.

Matricula vehicular: fechas de pago y método para consultar tasa en línea
Calendario de pago de matrícula vehicular 2024.

Septiembre estuvo destinado a los automóviles con números finales 4 y 5, mientras que octubre corresponde a los que terminan en 6 y 7. Finalmente, en noviembre deben cumplir con este requisito los vehículos con placas 8 y 9.

Sobre las motocicletas, rastras, remolques y automóviles exentos, incluidos los del gobierno, deberán de realizar su pago correspondiente de la tasa vehicular en el mes de diciembre del presente año.

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