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jueves, abril 25, 2024

Penalista: «Decreto de preliberación a reos dejaría sin efecto la ley de activos»

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. El día de hoy, el Congreso Nacional (CN), conocerá el anteproyecto de ley que permitiría liberación de reos con enfermedades, ante pandemia de Covid-19. No obstante a criterio de la abogada penalista Nilia Ramos, al aprobar este proyecto la ley de lavado de activos quedaría sin efecto.

Lo anterior, se debe a que hay privados de libertad que han sido acusados del delito de lavados activos y que con este anteproyecto se verían beneficiados, cuando la misma ley de lavados de activos indica que no se debe dar medidas distintas a la prisión al referido delito.

«Con ese decreto, quedaría sin valor y efecto lo que sería La Ley de lavados de activos. Hay que recordar que hay personas que están pagando sentencia por lavados de activos, tal vez por haber cometido un delito contra la administración pública», afirmó.

De la misma forma, manifestó que las personas acusadas por el referido delito no son personas peligrosas.

A renglón seguido, la togada manifestó que estas personas al salir no serían un problema para el Estado.

Seguidamente, la togada añadió que ellos están a la espera de que el proyecto sea aprobado y que de esa forma se descongestione a la población penitenciaria. Además, agregó que si no se descongestionan los centros penitenciarios se convertirían en un foco de infección

De la misma forma, dijo que la Organización Naciones Unidas recomendó que los privados de libertad quedarán en libertad, puesto que las cárceles son un foco de infección.

Continúo diciendo, que la falta de alimentos, y agua en los centros penitenciarios está pidiendo a gritos que ese anteproyecto sea aprobado.

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Alrededor de 1.500 privados de libertad serían liberados con la aprobación del anteproyecto

Es preciso mencionar que actualmente se habla que son alrededor de 1,500 privados de libertad que se verían beneficiados. Además, hay que recordar que desde hace algunos meses la Corte Suprema de Justicia (CSJ), ha estado trabajando para determinar quienes gozarán del beneficio.

No obstante, la experta explicó que antes se hablaba de personas mayores de 60 años y con enfermedades terminales o crónicas. Continuo explicando que ya no solo se trata de este tipo de personas.

«Se trata de una población penitenciaria que esta, incluso, sin condena alguna, sin recurso de casación y eso no significa que son culpables. Van a ser culpables una vez que la Sala de lo Penal lo condene», explicó.

Seguidamente, indicó que no solo se trata de 1,500 personas, pues incluye a personas que aun están esperando una condena. De igual manera, agregó que también se trata de personas ya fueron condenas y que ya cumplieron la totalidad de la pena.

Volvió a recalcar que ellos esperan que el anteproyecto de ley que conocerá el CN sea aprobado.

¿Quienes serán los privados de libertad que se verán beneficiados?

Por otra parte, es necesario mencionar que quienes gozarán de esta medida son personas que padecen de ciertas enfermedades, los que estén por cumplir su condena y los reclusos mayores de 58 años.

Además, se deberá conceder el beneficio de sustitución de la prisión por medidas de seguridad o extinción de la pena, que están en conformidad al artículo 76 y 83 del Código Penal vigente, 173 y 193 del Código Procesal Penal serán:

    1. Libertad Condicional.
    2. Arresto en su propio domicilio o en el de otra persona bajo vigilancia.
    3. Someter al imputado al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada que informe periódicamente al juez.
    4. Obligar al imputado a presentarse periódicamente ante un determinado juez o autoridad que éste designe.
    5. Prohibirle al imputado salir del país, del lugar de su residencia o del ámbito territorial que el órgano jurisdiccional determine.
    6. Constitución a favor del Estado por el propio imputado o por otra persona, de cualquiera de las garantías siguientes: depósito de dinero o valores, hipotecas, prenda o fianza personal.
    7. Libertad vigilada.
    8. Compensación por buena conducta.

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