Redacción. Agentes de la Unidad Departamental de Policía N°5 (UDEP N°5), en coordinación con la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), capturaron a un hombre de 71 años con una orden judicial pendiente. Lo acusan del delito de violación especial en perjuicio de una mujer.
Los agentes lograron la captura mediante seguimiento y vigilancia. El hombre, originario de San Pedro Sula, residía en el caserío Urupá, sector Baracoa, municipio de Puerto Cortés, Cortés.
Esta persona tenía una orden de captura activa desde hace más de dos décadas. El Juzgado de Letras Seccional de Puerto Cortés emitió el documento judicial el 15 de mayo de 2000. El caso implica a un testigo protegido.

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Los agentes remitieron al imputado a los juzgados competentes. Allí determinarán su situación legal conforme a la ley.
Estas acciones se desarrollan en el marco del Plan Solución Contra el Crimen Fase III. La Policía Nacional reafirma su compromiso en la lucha contra la impunidad y los delitos sexuales.
Violación
En Honduras, el delito de «violación especial» se castiga con penas severas, especialmente cuando involucra a menores o personas vulnerables.
El Código Penal define la violación como el acceso carnal (vaginal, anal o bucal) sin consentimiento, generalmente, se sanciona con pena de diez (10) a quince (15) años de reclusión.
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Por otra parte, se consideran «casos especiales de violación» (sin mediar violencia o amenaza) cuando concurren ciertas circunstancias, y la pena para estos casos es más alta, oscilando entre quince (15) y veinte (20) años de reclusión. Algunas de estas circunstancias incluyen:
- Menor de catorce (14) años de edad: incluso si la víctima menor de 14 años consiente el acto.
- Persona privada de razón o voluntad: cuando la víctima se encuentra en un estado donde no puede oponer resistencia, ya sea por estar inconsciente, bajo los efectos de sustancias (psicotrópicas, estupefacientes, alcohol), o por alguna enfermedad mental o desarrollo psíquico incompleto o retardo.
