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viernes, abril 19, 2024

Padre confiesa que violó a su hija y procreó con ella dos niños

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. Un hombre al que se le acusa del delito de violación especial confesó que él abusaba sexualmente de su hija y procreó dos niños con ella, por lo que ahora está sentenciado a varios años de prisión.

De acuerdo al expediente investigativo del Ministerio Público (MP), el sujeto ultrajó de manera sexual durante años a su propia hija. Asimismo, tras una denuncia lo capturaron, se le inició el proceso judicial y se le condenó a la pena de 19 años tras encontrarlo culpable.

El imputado responde al nombre de Eugenio Mendoza Pérez. Los hechos acontecieron en el municipio de Tocoa, en Colón, donde la Fiscalía Regional del Bajo Aguán registró el fallo condenatorio.

Eugenio Mendoza Pérez
Eugenio Mendoza Pérez abusaba de su propia hija y procreó con ella dos niños.

Y fue la Fiscalía Especial de Protección a la Mujer en procedimiento abreviado en el expediente número 198-2021 que logró la condena en contra del imputado.

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Pena concreta

Asimismo, el Ministerio Público detalló que la pena concreta que se le impuso al encausado es de 19 años con seis meses de reclusión. De la misma manera se le prohibió residir en la residencia y cerca de donde vive la víctima, por el doble de tiempo que guarde en prisión.

También se logró que el imputado esté inhabilitado de cualquier función durante el tiempo que permanezca recluido en un centro penal.

Juzgados de Tocoa
La Fiscalía de la Mujer de Tocoa se encargó del caso y obtuvo fallo condenatorio.

De acuerdo a la carga probatoria de la parte acusadora, la hija del hombre era víctima de abuso sexual desde los 15 años. Producto de estas acciones ilícitas es que la muchacha tiene dos niños con su propio padre.

La autoridad competente supo de lo que estaba aconteciendo y con un equipo especializado de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC) se hizo la indagación de los hechos y lograron darle captura al ciudadano.

El Código Penal de Honduras señala en su artículo 176: El acto sexual entre ascendiente y descendiente, o entre hermanos, será sancionado con reclusión de dos a cuatro años. Quien cometiere incesto con un descendiente menor de dieciocho años será penado con tres a cinco años de reclusión.


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