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miércoles, abril 24, 2024

Operadores de tarjetas de crédito retendrán el 10% del ISV

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TEGUCIGALPA.- Los emisores u operadores de tarjetas de crédito y débito ahora solo retendrán el 10% sobre el monto total del Impuesto sobre Ventas que sea discriminado en las transacciones de bienes y servicios.

Significa que esta retención saldrá cuando en la factura aparezca el impuesto y valor del artículo.

Lo anterior es parte de las reformas que esta semana hizo el Congreso Nacional.

Las reformas fueron en el artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre Ventas.

Las reformas reducen de 50% a 10% el porcentaje que entregarán al fisco los operadores de tarjetas.

En ese sentido, el valor restante debe ser reembolsado a sus afiliados.

También se determina que el agente retenedor debe emitir los comprobantes de retención correspondientes a los afiliados.

De esa manera, los afiliados podrán hacer uso del derecho al crédito que servirá de base en la liquidación del ISV a declarar y enterar.

Mientras que si no hay discriminación, deben retener y enterar al fisco el 15%.

Cabe mencionar que esta retención será de manera automática sobre el monto total.

Además, se le dio la razón al Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep). Reconociendo que hubo un error en la interpretación del Código Tributario

Los emisores pidieron enmendar el error

Se cometió un error en el articulo 211

Días atrás el Servicio de Administración de Rentas (SAR) emitió el oficio DNCT-001-2017.

Lo antes mencionado ordena que los emisores u operadores de tarjetas debían retener el 15% del ISV y no los comercios.

Ante ello la reacción de los empresarios no se hizo esperar.

Argumentaron que con la entrada en vigencia del nuevo Código Tributario se aplica el artículo 211 se afecta al empresariado hondureño.

El artículo establece, “deben de aplicar un quince por ciento (15%) de manera automática sobre el monto total cuando no exista discriminación del impuesto».

Es decir que a partir de enero no debía enterar ningún porcentaje, pero al final el Legislativo decidió un 10%.

La titular del Servicio de Administración de Rentas, Miriam Guzmán, manifestó que los empresarios omitieron el artículo de retención del ISV.

“Me extraña porque ellos participaron en la redacción del Código Tributario y quizá fue una omisión de parte de sus representantes”.

El decreto es el 51-2003 donde nace la retención.

Según Guzmán la falla en el artículo afecta al sector empresarial.

 

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