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jueves, abril 18, 2024

Honduras: Nuevo Código Tributario entraría en vigencia en enero próximo

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TEGUCIGALPA.-El famoso nuevo Código Tributario entrará en vigencia en enero del próximo año en Honduras. Ayer se aprobaron aspectos concernientes a los precios de transferencia, aspectos de la fiscalización y formas de cobro.

En este sentido, se aprobaron desde el artículo 99 al 141 que abarcan aspectos como el plazo para dictar resolución, requisitos. Y contenidos formales de la resolución, requisitos internos de la resolución, anulabilidad de la resolución, recursos contra la resolución, conceptos.

Hecho generador o imponible, base imponible, determinación y autoliquidación, formas de determinación, determinación por la administración tributaria.

Supuestos de determinación sobre la base de hechos conexos, elementos indiciarios para la determinación sobre la base de hechos conexos y datos económicos relevantes para la determinación sobre base de hechos conexos.

Código Tributario: Otras aprobaciones

Asimismo, las presunciones en la determinación de la obligación tributaria, presunciones de ingresos y valor en el obligado. Presunciones de ingresos y valor en terceros, precios de transferencia, datos de autoridades fiscales extranjeras.

Derecho de restitución y devolución, procedimiento de devolución de pagos indebidos, rectificación de declaraciones.

Procedimiento de determinación del tributo por liquidación administrativa con base en las declaraciones, procedimiento de verificación.

Causales y procedimiento, concepto y clases de determinación de oficio, etapas del procedimiento de determinación de oficio y resolución del procedimiento de determinación de oficio.

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También, atribuciones de la fiscalización, desarrollo del procedimiento de la fiscalización, lugar para el ejercicio de la verificación, comprobación.

Fiscalización e investigación, acción ejecutiva de cobro, naturaleza y no acumulación del procedimiento de cobro, acciones de cobranza persuasiva.

Excepciones a la acción judicial de cobro, incobrabilidad de deudas tributarias por razón de costo beneficio y depuración de la cuenta corriente.

Privilegio de la deuda tributaria y prelación de créditos, orden de privilegio, juicio de quiebra, suspensión de pagos o concurso.

Obligaciones de pago, formas y medios de pago y determinación de la obligación tributaria, momento de su pago y pago anticipado. Imputación de pagos, facilidades de pago y lugar de pago.

DATO:

El presidente en funciones del Congreso Nacional, Antonio Rivera Callejas, convocó para una nueva reunión hoy a las 9:00AM.

Sépalo

En la sesión participó el secretario del Consejo de Ministros Ebal Díaz, representantes del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep).

Finalmente representantes del Consejo Hondureño del Sector Social de la Economía (Cohdesse) y funcionarios de instituciones del Estado.

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