Con multa de hasta Lps. 1 millón castigará “Ley Bozal” a incumplidores

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La nueva “Ley Bozal” castigaría solamente las empresas no a los usuarios.

Tegucigalpa, Honduras. El polémico proyecto de ley para combatir campañas de odio y discriminación a través del Internet o conocida popularmente como “Ley Bozal”, ya contempla las sanciones económicas que interpondrá a quienes las incumplan.

Dicho proyecto, estipula que penalizará a las empresas o medios de comunicación que a través de las redes sociales inciten al odio y la discriminación. Esto, con multas de 50,000 a un millón de lempiras.

Sin embargo, señala que en ningún momento sancionará a los usuarios.

Cabe recordar que la iniciativa presentada el pasado jueves en el hemiciclo de la Cámara Legislativa, por el diputado de Santa Bárbara del Partido Nacional, Marcos Paz.

Esta decisión ha provocado reacciones a favor y en contra, en distintos sectores del país. Algunos consideran que se estaría aplicando un tipo de “bozal” a la población hondureña.

No obstante, para el oficialismo es una medida para traer paz, tranquilidad y reconciliación al país. El proyecto, ya está en comisión de dictamen y se comenzará a aprobar en el primer debate.

El pleno del Poder Legislativo está convocado este martes para discutir dicho proyecto de ley. El cual, contempla la creación de una Comisión Nacional de Ciberseguridad, dentro de una Estrategia Nacional de seguridad.

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Socializan «Ley Bozal» con directores de medios

La reunión tuvo lugar ayer en uno de los salones del CN.

En ese sentido, el secretario del CN, Tomás Zambrano, se reunió en las últimas horas con los directores de los medios de comunicación del país. Esto, a fin de explicarles en qué consiste el proyecto de ley que pretende poner punto y final a las noticias falsas en las diferentes redes sociales.

En la misma reunión, estuvieron presentes demás directivos del Legislativo y autoridades de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL).

Asimismo, la jornada de socialización sirvió para informar que la Comisión Nacional de Ciberseguridad entra dentro de una estrategia nacional. La cual, se constituye en un ente para recibir las quejas de personas naturales y jurídicas.

Estas se han visto afectadas por la clonación de páginas web o por campañas de odio y discriminación. Además, se indicó que la iniciativa está orientada a proteger a las personas que por sus preferencias políticas, étnicas, religiosas, de género y orientación sexual, son víctimas de ataques, muchos de ellos de forma anónima, en las redes sociales.

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¿Cuál es el objetivo de la “Ley Bozal”?

Fue el diputado Marcos Paz Sabillón quien introdujo esta iniciativa. Esto, en la segunda sesión ordinaria del nuevo Congreso Nacional.

En la exposición de motivos se señala que el uso de las redes sociales y del internet podría afectar a las personas; existiendo la probabilidad de llegar a ser víctimas de prácticas ilícitas que se realizan en la red.

También, podrían ser utilizados como medio para la realización de actos discriminatorios y la comisión de delitos de odio. La difamación a través de las redes sociales se podría manifestar en insultos o expresiones de descrédito, motivadas en:

  • La etnia
  • Lugar de nacimiento
  • Edad
  • Sexo
  • Identidad de género
  • Identidad cultural
  • Estado civil
  • Idioma
  • Religión
  • Ideología
  • Filiación política
  • Pasado judicial
  • Condición socio-económica, condición.migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, o cualquier diferencia física

¿A quién se aplicará dicha ley?

El artículo 1 del proyecto de ley señala que la misma se aplicará a las siguientes empresas proveedoras de servicios que funcionan a través de comunicaciones telemáticas, plataformas de internet o tecnologías de similar naturaleza.

Además, todas las que permitan a los usuarios compartir contenido con otros o difundirlo públicamente. De igual manera, estarán sujetos a la misma los operadores y administradores de sitios web. Los cuales, presten servicios de telecomunicaciones y comunicaciones electrónicas.

De la misma forma se considerará contenido ilegal “aquel que se refiera a actos de discriminación, de odio, injurias, amenazas, la incitación a la violencia o a cometer un delito”.

Las obligaciones para las empresas

Sobre las obligaciones de los proveedores de servicios de redes sociales, se indica que estos elaborarán un informe trimestral. Ahí relacionarán a la gestión de los reclamos o reportes sobre contenido ilegal que presenten los usuarios.

Posteriormente, lo presentarán ante Conatel en el plazo de quince días contados a partir del fin de cada trimestre.

Cuando haya reportes de este contenido, según el artículo 5, los proveedores de servicios de internet o administradores de sitios web deben establecer un procedimiento eficaz para solventar los reclamos o reportes de contenido ilegal, el cual deberá ser simple, accesible y constantemente disponible.

Los reclamos deberán ser solventados eliminando o inhabilitando el acceso al contenido ilegal. Removiéndolo o bloqueándolo en un plazo de 24 horas desde la recepción del reclamo.

Finalmente, el proyecto señala que CONATEL será la autoridad administrativa competente para el juzgamiento y sanción de las faltas administrativas. Las cuáles serán desde una multa de cincuenta mil a un millón de lempiras. Así como la suspensión y bloqueo del servicio, conforme al reglamento que para tales efectos se establezca.